viernes 31 enero 2025
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Las mutuas explican que las cartas enviadas a los autónomos sobre las ayudas covid no son siempre una notificación para devolverlas

Recibir la notificación de la mutua sobre la ayuda extraordinaria para autónomo durante la pandemia no siempre significa que haya que devolver la prestación.

Muchos autónomos continúan recibiendo cartas de las mutuas en relación a las ayudas que, por parte del Gobierno de España, se pusieron en marcha durante la pandemia.

Las llamadas cartas del miedo no siempre suponen una notificación informando de la devolución de las ayudas Covid, sino una notificación para solicitar documentación para acreditar realmente que tenían derecho al cese de actividad extraordinario que cobraron hace ya casi cuatro años.

Esta campaña de notificaciones se inició en septiembre de 2023, cuando se anunció que la Seguridad Social revisaría las ayudas que concedió a muchos autónomos durante la pandemia. Debido a la urgencia, muchas ayudas se concedieron sin revisar adecuadamente si los solicitantes cumplían los requisitos, ya que fueron las entidades colaboradoras con la Seguridad Social las encargadas en su momento de pagar más de tres millones de prestaciones a los trabajadores por cuenta propia.

Ahora, también son las encargadas de solicitar la documentación para la revisión correcta de que se cumplían los requisitos y en caso contrario solicitar al trabajador autónomo que devuelva la prestación cobrada indebida y además de pagar las cuotas de autónomos que fue exonerado durante el tiempo que cobró la prestación.

Las mutuas están solicitando información para comprobar si realmente tenían derecho a esas ayudas

Según explicó la asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), recibir una notificación de este tipo no significa que haya que devolver la ayuda. AMAT puntualizó que hubo una serie de resoluciones provisionales y que los propios solicitantes firmaron una declaración responsable en la que aseguraban que cumplían los requisitos para acceder a la ayuda. Casi cuatro años después, los autónomos siguen recibiendo estas notificaciones

Notificación recibida por un autónomo en la que le solicitan que aporte la documentación encearia para acreditar que cumplia los requisitos de la ayuda recibida por la pandemia
Notificación recibida por un autónomo en la que le solicitan que aporte la documentación encearia para acreditar que cumplia los requisitos de la ayuda recibida por la pandemia

ATA y UPTA piden al Gobierno que amplíe el plazo para mandar la documentación

Una vez recibida la notificación y confirmada su recepción, el trabajador autónomo dispone de 15 días hábiles para mandar la documentación requerida para justificar que cumplía los requisitos.

Frente a esto, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA y UPTA han solicitado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que amplíe el plazo de presentación de la documentación requerida en el procedimiento de revisión de estas prestaciones extraordinarias. Desde ATA y UPTA solicitan que el plazo sea de 30 días en lugar de los 15 días concedidos.

Además, en el caso de que el trabajador por cuenta propia tenga que devolver la ayuda, piden la posibilidad de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago de hasta 24 meses, pues en muchos casos las cantidades a devolver superan los 5.000 euros, lo que puede suponer para muchos autónomos un contratiempo económico importante.

Es importante recordar que no solo hay que devolver la prestación cobrada de forma indebida, sino también pagar las cuotas de autónomo que durante ese tiempo fueron exoneradas.

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