martes 23 abril 2024
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La Seguridad Social avisa del día que se cobra el Ingreso Mínimo Vital en julio

La Seguridad Social ha avisado a los beneficiarios del IMV cuando cobrarán su prestación en el mes de julio.

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) esperan la llegada del pago de su prestación este mes de julio. Esta ayuda social es importante para muchas familias que sufren problemas económicos y que les sirve como sustento.

Más de un millón de personas dependen del IMV, motivo por el cual el Gobierno decidió prorrogar la subida del 15% de las cuantías hasta final de año.

Debido la incertidumbre que rodea el pago de prestaciones, sobre todo tras los últimos cambios en el pago de las prestaciones por desempleo del SEPE, muchos beneficiarios preguntan al Instituto Nacional de la Seguridad Social cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital este mes de julio.

¿Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital?

Tal y como detalla la web de la Seguridad Social, el INSS suele emitir el pago del Ingreso Mínimo Vital en el último día hábil del mes correspondiente. Esto quiere decir, que los beneficiarios podrán ver reflejado el pago de la prestación este viernes 29 de julio.

No obstante, es posible que muchos reciban la prestación antes de esa fecha (incluso más tarde) dependiendo del banco donde tengan domiciliada la prestación.

Al igual que sucede con las prestaciones del SEPE, aún hay bancos que por voluntad propia adelantan el pago del IMV en beneficio de sus clientes. Estos son los cajos que pueden adelantar el pago de la prestación:

  • Caixabank
  • Banco Santander
  • BBVA
  • Bankinter
  • Unicaja
  • Banco Sabadell
  • ING
  • Deustche Bank
  • Cajasur
  • KutxaBank

Ingreso Mínimo Vital

Así puedes comprobar si te han aprobado el IMV

Si has presentado tu solicitud del IMV y quieres saber si este mes comenzarás a cobrar tu prestación, puedes comprar en que estado se encuentra desde tu casa, sin tener que acudir a las oficinas de la Seguridad Social.

Para ello necesitas el DNI y el código que se generó al presentar el proceso de solicitud. Si los tienes a mano, entonces debes ingresar en la web del IMV.

 

Una vez introduzcas los datos, te pueden aparecer los siguientes estados.

  • En estudio.
  • Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada.
  • Solicitud finalizada por falta de documentación.
  • Archivada por constar otra solicitud presentada.
  • Aprobada.
  • Denegada.
  • Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio.
  • Inadmitida  a trámite por ser administrador de una sociedad.

Lógicamente, la prestación se tiene que encontrar en «Aprobada» para poder recibir el pago este mes.

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