La Justicia concede 2.773 € de incapacidad absoluta a una auxiliar administrativa informática de 30 y pocos años con fatiga crónica, niebla mental, cefaleas, fotofobia y otras patologías

El tribunal corrige a la Seguridad Social, que negó la prestación pese a que la trabajadora no podía ni salir de casa ni mantener una jornada laboral

No podía trabajar, ni siquiera llevar una vida normal. Aun así, la Seguridad Social le negó la incapacidad permanente. Ahora, la Justicia le da la razón y reconoce su derecho a una pensión de 2.773,76 euros al mes.

El caso afecta a una auxiliar administrativa informática de 30 y pocos años que sufre una enfermedad incapacitante, aunque difícil de medir con pruebas médicas. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en su sentencia 324/2026 (STSJ CLM 300/2026)  ha confirmado que su situación no solo le impide trabajar en su puesto, sino que le impide trabajar en cualquier profesión.

La Seguridad Social negó la incapacidad por falta de pruebas objetivas

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La trabajadora solicitó  la incapacidad permanente en 2023 (cuanto tenía 33 años) tras ser diagnosticada de encefalomielitis miálgica (síndrome de fatiga crónica).

Entre sus síntomas destacaban la fatiga extrema, la niebla mental, las cefaleas y la fotofobia, además de otros trastornos asociados.

Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su solicitud al considerar que no existían limitaciones funcionales objetivables suficientes.

También fue rechazada su reclamación previa, obligando a la trabajadora a acudir a los tribunales.

Los jueces lo tienen claro: no puede trabajar y corrigen a la Seguridad Social

La trabajadora tuvo que acudir a los tribunales tras la negativa del INSS. Allí, el Juzgado de lo Social nº1 de Ciudad Real le dio la razón y reconoció su incapacidad permanente absoluta.

La Seguridad Social recurrió la decisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado íntegramente la sentencia y ha rechazado su recurso.

En el juicio se acreditó que la situación de la trabajadora era mucho más grave de lo que reflejaban los informes iniciales.

Según recoge la sentencia, sufría:

  • Fatiga física y mental extrema
  • Pérdida de memoria, concentración y atención
  • Intolerancia a pantallas
  • Dificultad para salir de casa o conducir

El tribunal concluye que su capacidad laboral está completamente anulada y que solo puede realizar tareas básicas de autocuidado.

Esto implica que no puede mantener ningún trabajo con normalidad, continuidad ni rendimiento mínimo, requisitos exigidos en cualquier empleo.

Los jueces recuerdan además que lo importante no es solo el diagnóstico, sino cómo afectan las dolencias a la capacidad real de trabajar.

Por ello, corrigen el criterio de la Seguridad Social y concluyen que la trabajadora no puede realizar ningún trabajo con un mínimo de eficacia y continuidad.

Una pensión vitalicia de 2.773 euros al mes

Por todo ello, la Justicia le reconoce una incapacidad permanente absoluta, el grado más alto previsto en la ley.

Esto implica cobrar el 100% de la base reguladora, que en su caso asciende a 2.773,76 euros mensuales, con efectos desde marzo de 2023. Se trata de una pensión de carácter vitalicio, que además se revaloriza cada año. Ahora con 36 años vuelve a obtener la confirmación de la Justicia para su  incapacidad permanente absoluta, aunque la Seguridad Social aún podría recurrir ante el Supremo y alargar más esta situación.

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