La Justicia avala el despido de una jefa de sala por llamar “hijos de puta” y “bastardos” a camareros en pleno servicio

El TSJ de Asturias considera procedente el despido disciplinario de una responsable de sala acusada de insultar a trabajadores, fumar y beber durante eventos y provocar quejas de clientes.

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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJ) ha confirmado el despido disciplinario de una jefa de sala de un restaurante después de que quedara acreditado que insultaba de forma habitual a varios trabajadores durante los servicios.

Según recoge la sentencia de marzo de 2026 (STSJ AS 811/2026), la responsable llegó a llamar “hijos de puta” y “bastardos” a varios camareros delante de otros empleados y en pleno servicio, además de mantener un comportamiento que la empresa consideró incompatible con sus funciones de dirección, como beber y fumar durante el servicio.

Insultos, amenazas y conflictos constantes con la plantilla

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El caso comenzó cuando uno de los camareros presentó un escrito denunciando el comportamiento de la jefa de sala. Según figura en la sentencia, el trabajador aseguró que la responsable empezó a insultarles “sin mediar provocación” durante un evento celebrado entre las cinco y las seis de la tarde.

El empleado afirmó además que las amenazas relacionadas con posibles despidos y advertencias hacia trabajadores sobre su continuidad en la empresa. La empresa abrió entonces un expediente disciplinario y recopiló nuevas quejas internas sobre el trato que la encargada dispensaba habitualmente a otros empleados.

Entre las frases recogidas en los hechos probados de la sentencia aparecen insultos como:

  • Hijos de puta
  • Bastardos
  • Vais a andar de rodillas por La Llorea

La investigación interna de la empresa no solo se centró en los insultos. Durante el procedimiento también salieron a la luz varios problemas organizativos en bodas y celebraciones celebradas en 2024.

Entre ellos, la falta de cerveza e hielo en varios eventos y problemas durante la comida de Navidad del restaurante, en la que había 330 comensales y únicamente una caja de cerveza disponible.

La empresa incluso aseguró que la trabajadora fumaba y bebía durante servicios y bodas, algo prohibido por la normativa interna.

La trabajadora negó las acusaciones

Tal y como cabía esperar la trabajadora presentó demanda contra su despido negando todos los hechos que le acusaban en la carta de despidoAseguró que nunca insultó a compañeros, negando que hubiera pronunciado frases como “hijos de puta” o “bastardos” contra los camareros.

Según explicó, el día de los hechos se encontraba en la cocina junto al jefe de cocina y otros empleados, y defendió que en ningún momento se dirigió a nadie para amenazarle o insultarle.

Además, negó los problemas organizativos que posteriormente la empresa utilizó para justificar el despido disciplinario. Sobre las bodas y eventos, afirmó que muchas de las incidencias descritas eran falsas o no dependían directamente de ella.

En relación con la falta de cerveza, hielo o refrescos en distintas celebraciones, sostuvo que existían pedidos y conversaciones con proveedores que acreditaban que sí se habían realizado las previsiones necesarias.

También defendió que algunos retrasos o problemas en bodas se debían a la falta de personal y a jornadas de trabajo muy extensas. De hecho, alegó que en ocasiones terminaba servicios de madrugada tras jornadas de hasta 14 y 15 horas, por lo que consideraba imposible reincorporarse antes sin incumplir los descansos obligatorios entre jornadas.

Respecto a la cena de Nochevieja, la trabajadora afirmó que varias de las quejas eran “inverosímiles” porque algunos productos que supuestamente faltaron ni siquiera estaban incluidos en el evento ofertado a los clientes.

También negó haber bebido alcohol durante la jornada laboral y aseguró que fumar en determinadas zonas era una práctica habitual entre trabajadores fumadores y que nunca se le había prohibido expresamente.

Uno de los puntos clave de su defensa fue la supuesta represalia empresarial. La jefa de sala sostuvo que, tras presentar varias quejas internas a la dirección, la empresa comenzó a “rebuscar” posibles incumplimientos laborales ocurridos incluso meses antes para construir el expediente disciplinario.

Según defendió, durante sus dos años de trabajo no había recibido reproches importantes sobre su profesionalidad.

La Justicia considera procedente el despido disciplinario

A pesar de su defensa, tanto el Juzgado de lo Social como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Asturias consideraron que las pruebas y testimonios aportados por la empresa sí acreditaban los insultos y el comportamiento descrito en la carta de despido.

Por tanto, el tribunal confirma que su comportamiento encaja dentro de las causas de despido disciplinario previstas en el Estatuto de los Trabajadores, especialmente por la transgresión de la buena fe contractual y las ofensas verbales a otros trabajadores.

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