La subida del Salario Mínimo Interprofesional no solo afecta al sueldo de los trabajadores, también afecta directamente a las prestaciones como el paro o las de la Seguridad Social que se calculan tomando como referencia la base de cotización.
Tal y como señala el Decreto-ley 1/2025, la base mínima de cotización debe incrementarse en el mismo porcentaje que el SMI, más un sexto adicional, lo que la situaría en 1.381,33 euros.
Sin embargo, debido a un error en el cálculo, la base mínima ha quedado fijada en 1.381,20 euros en lugar de 1.381,33 euros. Aunque la diferencia es de solo 13 céntimos, este fallo afecta a múltiples prestaciones y subsidios vinculados a la base mínima de cotización.
¿A quién afecta este error?
Este fallo impacta especialmente a:
- Trabajadores con nóminas basadas en la base mínima de cotización.
- Beneficiarios de subsidios, como el de mayores de 52 años, que cotizan para la jubilación sobre el 125% de la base mínima de cotización (así cotiza el subsidio para mayores de 52 años en 2025).
- Empresas y autónomos, cuyas cotizaciones se calculan en función de estas bases.

Corrección automática sin trámites adicionales
La Seguridad Social ha informado en su Boletín RED (5/2025) que la regularización se hará de oficio. Esto significa que ni empresas ni autónomos deben presentar liquidaciones complementarias, ya que el ajuste se aplicará automáticamente.
La corrección se reflejará en las liquidaciones correspondientes a enero de 2025, presentadas en febrero. Además, las diferencias que puedan surgir podrán abonarse sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la notificación oficial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Recomendaciones para los afectados
Si bien la corrección se realizará de manera automática, la Seguridad Social recomienda:
- Revisar las nóminas para asegurarse de que la base de cotización está correctamente ajustada.
- Esperar la comunicación oficial de la TGSS antes de realizar cualquier ajuste manual.
- Evitar hacer modificaciones por cuenta propia, ya que esto podría generar duplicidades en los pagos y complicaciones administrativas.
- Pagar posibles diferencias dentro del plazo establecido, sin temor a recargos.
Un procedimiento ya aplicado en 2022
La Seguridad Social ha recordado que este tipo de correcciones ya se han realizado en años anteriores, siguiendo el mismo procedimiento aplicado en 2022 (según el Boletín RED 5/2022). Además, han asegurado que en próximos boletines se ofrecerán más detalles sobre la regularización.

