Una noticia muy esperada por muchos trabajadores es la corrección del supuesto “error técnico de la Ley de Paridad” que entró en vigor el pasado agosto de 2024 y que desprotegía a un determinado grupo de trabajadores frente a despidos injustificados.
El error se originó al modificar los artículos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores para proteger a las víctimas de violencia de género frente a despidos nulos. Durante este proceso, se eliminó inesperadamente la protección automática de otros colectivos:
- Trabajadores con adaptaciones de jornada por cuidado familiar.
- Solicitantes del permiso laboral de 5 días por accidente, enfermedad u hospitalización de un familiar.
Desde entonces estos trabajadores no podían beneficiarse de la nulidad automática o también llamada nulidad objetiva en el caso de que fueran despedidos por la empresa y esta no lo pudiera justificar. En otras palabras, los trabajadores deberían demostrar que su despido es discriminatoria a consecuencia de solicitar o estar disfrutando de las adaptaciones de jornada por ciudad familiar o del permiso laboral de 5 días.
El Gobierno corrige el error, pero su entrada en vigor no es inmediata
Este problema fue resuelto a través de la Ley de Eficiencia de la Justicia, publicada el 3 de enero en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta ley incluye en su disposición final vigesimosexta las modificaciones para revertir la eliminación de esta protección recogida en los apartados 4 del artículo 53 y el apartado 5 del artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, devolviendo la nulidad objetiva a estos colectivos.
Aunque la ley se publicó el 3 de enero de 2025, su entrada en vigor está programada para el 3 de abril, ya que la mayoría de sus disposiciones tienen un periodo de espera de tres meses desde su publicación. A partir de esa fecha, los trabajadores afectados volverán a estar protegidos frente al despido sin necesidad de pruebas adicionales.
Mientras tanto, los trabajadores seguirán con la incertidumbre de que sucederá en el caso de que sean despedidos antes de la entrada en vigor, si tendrán que demostrar dicha discriminación, o bien se verán perjudicados por un error del Gobierno si no pueden demostrar dicha discriminación.