miércoles 24 abril 2024
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Hacienda avisa de los documentos que hay que llevar para la declaración de la Renta 2022 presencial

Si vas a presentar tu declaración del IRPF en las oficinas de la Agencia Tributaria, esta es la documentación que tendrás que llevar.

La Agencia Tributaria continua con la campaña de la declaración de la Renta y esta entra en su fase final con la apertura de la presentación presencial en las oficinas. El pasado 11 de abril comenzó la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 (IRPF 2022) pero solo para los contribuyentes que quisieran hacerlo online.

Ya en el mes de mayo, se habilitó la opción de la presentación por teléfono a través del ‘Plan Le llamamos‘ de la Agencia Tributaria. Ahora, el 25 de mayo, se abre el plazo para solicitar cita previa para la presentación en las oficinas de la AEAT.

Los contribuyentes que aún no hayan presentado la declaración porque prefieren hacerlo presencialmente, podrán hacerlo a partir del 1 de junio hasta que finalice la campaña, es decir, hasta el 30 de junio.

Eso sí, los ciudadanos que hayan esperado para presentar sus impuestos en las oficinas, deberán tener preparada toda la documentación que se necesita para hacer la declaración. Si tienes dudas sobre que tienes que tener preparado para que no se te olvide nada, Hacienda ha informado sobre lo que debe llevar el contribuyente.

renta presencial sala de espera
Sala de espera para hacer la declaración de la Renta de forma presencial

¿Qué tengo que llevar para hacer la declaración de la Renta presencial?

Como ha informado la Agencia Tributaria en su web, lo primero será haber concertado cita para confeccionar en la oficina la declaración de la Renta.

Para que un empleado público que ayude a confeccionar la declaración personalmente en sus oficinas, es necesario llevar la siguiente documentación:

  • Documentación sobre tu situación, personal y en todo caso: DNI del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración. Así como el número de IBAN de la cuenta bancaria si quieres domiciliar el pago tanto si te sale a devolver o pagar.  Así como las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
  • Justificantes que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal:
    • Si vives de alquiler, necesitas el NIF del arrendador y las cantidades pagadas durante el año 2022. Aquí puedes comprobar que deducciones puedes aplicarte por el alquiler.
    • Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
    • Con hipoteca: los recibos de los seguros.
    • Por donativos: los justificantes, etc.

Rentas durante el año 2022

Si durante el 2022 has estado trabajando o bien has recibido una prestación por desempleo o de la Seguridad Social, debes tener los siguientes documentos:

  • Documentos que justifiquen tus rentas del año:
    • Por rendimientos del trabajo, como son los salarios y las prestaciones: certificado emitido por el pagador (empresa, SEPE, Seguridad Social). Recuerda que el Ingreso Mínimo Vital está exento de tributar, pero por ser beneficiario estás obligado a presentar la declaración de la Renta.
    • Si estás afiliado a un sindicato, debes tener a mano el certificado que te habrá emitido con las cuotas satisfechas.
    • Igualmente, puedes incluir las cuotas a colegios profesionales en el caso de que la colegiación sea obligatoria.
    • Así como los gastos de defensa jurídica por litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos.
  • Documentos que justifiquen rendimientos del capital inmobiliario:
    • Justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…) por los alquileres de pisos, locales, plazas de garaje, etc., de los que sea propietario o usufructuario.
    • Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos en las transmisiones de letras del tesoro, obligaciones o de otros activos financieros, etc.
    • Si has percibido un seguro contratado antes de 31/12/1994, el importe del capital recibido.

Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de vivienda

Si durante el ejercicio fiscal de 2022 has obtenido ganancias o pérdidas por la venta de vivienda, debes tener a mano la siguiente documentación:

  • Escrituras de compra y de venta.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
  • Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.
  • Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.

En el caso de obtener ganancias y/o pérdidas patrimoniales por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, subvenciones, etc. Necesitas los siguientes documentos:

  • Escrituras y/o documentación acreditativa.
  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
  • Certificados de fondos de inversión.
  • Justificante de premios.
  • Justificante de subvenciones.

Devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo

La cláusula suelo, también conocida como suelo hipotecario, es una cláusula que establece un interés mínimo en una hipoteca varíable. Este interés mínimo se aplicará si la suma del euríbor más el diferencial se sitúa por debajo de un valor determinado, que se indica en la escritura del préstamo. Esta cláusula fue declarada por el Tribunal Supremo como abusiva ante la falta de transparencia en las escrituras, y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligó a los bancos a devolver todo lo cobrado indebidamente por esta cláusula.  Si es tu caso, necesitas los siguientes documentos:

  • Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.
  • Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.

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