Desde que se decretase el estado de alarma el 14 de marzo por la pandemia del coronavirus el Gobierno puso en marcha varias medidas para poder paliar los efectos negativos tanto económicos como sociales de la pandemia.

Muchas de estas ayudas extraordinarias estaban sujetas al estado de alarma que una vez finalizado tendrían una vigencia de solicitud de un mes más a partir de la fecha en la que se puso fin al estas de alarma, las medidas que a partir del 21 de julio ya no se podrán solicitar son el Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar y el Subsidio Excepcional de Fin de Contrato Temporal.
Otra de las medidas que también finaliza es el plazo para la presentación de solicitudes de prestación por desempleo, que con motivo de la pandemia y el cierre de las oficinas del SEPE, se eliminó de forma temporal el plazo para solicitar el paro, ahora ya vuelve a ser de 15 días hábiles, con la consiguiente reducción de la duración del tiempo de prestación para quienes lo presenten fuere de ese plazo.
También si ya se es perceptor de subsidios por desempleo, se deberá solicitar la prórroga de subsidio a los 6 meses, y si se es perceptor de subsidio para trabajadores mayores de 52 años, debe presentarse la declaración anual de rentas (DAR).
Fuente: SEPE.

