viernes 31 enero 2025
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Estas ayudas del SEPE desaparecen en noviembre aunque algunos desempleados podrán seguir cobrándolas

Estos son los subsidios por desempleo que desaparecen a partir del 1 de noviembre, aunque se podrán seguir cobrando si ya se es beneficiario.

A partir del mes de noviembre entra en vigor el Real Decreto-ley 2/2024, el cual introduce importantes cambios en lo referente a las prestaciones por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Concretamente, los cambios afectan a los subsidios por desempleo que se unifican para facilitar su gestión y también para ofrecer mayor cobertura.

Esto significa que los actuales subsidios por desempleo del SEPE van a desaparecer, aunque no todos, pues el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, no se verá afectado por la reforma.

¿Qué ocurrirá con los subsidios del SEPE a partir del 1 de noviembre?

Una vez entre en vigor la nueva normativa, muchos de los subsidios desaparecerán y no se podrán solicitar. Concretamente, las ayudas que desaparecen son las siguientes:

  • Subsidio para mayores de años 45 sin cargas familiares.
  • Subsidio para liberados de prisión.
  • Subsidio por revisión de incapacidad permanente.
  • Renta Activa de Inserción (RAI).
  • Subsidio Extraordinario por Desempleo.

¿Significa qué los desempleados que cobren estas ayudas perderán su prestación? No, la normativa establece que no se aceptarán nuevas solicitudes para estos subsidios (no estarían disponibles). Pero en el caso de que haya desempleados que actualmente sean beneficiarios de alguno de estos subsidios, seguirán cobrándolos hasta agotar su duración.

Cómo quedan los subsidios a partir del  de noviembre

La principal ventaja con el cambio, es que se aumentan las cuantías de los subsidios, que pasan de los 480 euros fijos todos los meses (80% IPREM) a las siguientes cuantías: Durante los primeros 6 meses se recibirá el 95% del IPREM, lo que equivale a 570 euros con el IPREM actual; durante los siguientes 6 meses, el 90% del IPREM, es decir, 540 euros; y para el resto del período, el 80% del IPREM, que son 480 euros.

Además, se elimina el mes de espera, por lo que aquellos que accedan, por ejemplo, tras agotar el paro, no tendrás que esperar un mes para solicitar la nueva ayuda, sino que se podrá solicitar de forma inmediata.

También se elimina el subsidio parcial, por lo que ya no importará la jornada del trabajador que dio derecho a la prestación y cobrará el 100% de la cuantía.

Por último, se mejora el acceso permitiendo a los menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios.

Se podrá cobrar el subsidio incluso trabajando a jornada completa

Otra importante novedad es la mejora en la compatibilidad del subsidio con un trabajo. Con la reforma, ahora también será compatible con un trabajo a tiempo completo y no solo con un trabajo a tiempo parcial.

Dependiendo de los meses que se lleve cobrando el subsidio y la duración de la jornada, se cobrará de prestación lo que se indica en la siguiente tabla:

PORCENTAJE IPREM A COBRAR
TRIMESTRE JORNADA COMPLETA 75% DE LA JORNADA 50 % DE LA JORNADA INFERIOR AL 50% DE LA JORNADA
1 80% (480 €) 75% (450 €) 70% (420 €) 60% (360 €)
2 60% (360 €) 50% (300 €) 45% (270 €) 40% (240 €)
3 40% (240 €) 35% (210 €) 30% (180 €) 25% (150 €)
4 30% (180 €) 25% (150 €) 20% (120 €) 15% (90 €)
5 Y SIGUIENTES 20% (120 €) 15% (90 €) 10% (60 €) 5% (30 €)

 

A pesar de que se unifican los subsidios como una sola prestación, en realidad dependiendo de los requisitos y las circunstancias del solicitando, se podrá acceder a uno de estos 4 tipos de subsidios:

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