Estaba de baja por cervicalgia, pero se iba de ruta con la bicicleta: ¿Resultado? Despido disciplinario sin derecho a indemnización tras 23 años en la empresa

Tras 23 años en la empresa es despedido sin indemnización tras ser cazado por un detective privado de ruta en bicicleta a pesar de estar de baja por cervicalgia.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirma que aunque los trabajadores de baja están protegidos frente a despidos injustificados y siempre que se demuestre que en realidad el despido es ta motivado por la baja médica, esta protección desaparece cuando se confirma que el trabajador ha cometido infracciones graves.

Si no que se lo cuenten a este trabajador con 23 años de antigüedad en la empresa que se ha visto en calle por ser cazada por la empresa mientras estaba de baja por cervicalgia montando una bicicleta y realizando rutas que ponían en duda la gravedad de su lesión.

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¿Resultado? Despido disciplinario sin derecho a indemnización.

La empresa contrató a un detective privado

El trabajador llevaba en la empresa desde mayo de 2000 como operario del grupo 5 en la categoría «Product Team», con un salario de 2.544,03 euros brutos mensuales. El 17 de marzo de 2023 causo baja por Incapacidad Temporal debido a una cervicalgia tras la colisión lateral. Una baja que duró hasta el 28 de junio de 2023, que  fue confirmada por varios partes médicos.

Sin embargo, durante su baja, la empresa sospechaba que el trabajador estaba realizando actividades que ponían en duda la gravedad de su lesión. Por ello contrato a un detective privado que confirmo las sospecha, pues durante su baja estuvo realizando diferentes rutas en bicicleta.

Debido a ello, la empresa le entregó la carta de despido disciplinario. Tal y como se indicaba en la carta, el detective fue captado en repetidas ocasiones:

  • 4 de mayo de 2023: Después de una sesión de rehabilitación, salió de su domicilio cargando una mochila y una bicicleta, se dirigió en coche a un camping en Tarragona (a 82 km de distancia) y descargó su bicicleta y una tumbona.
  • 26 de mayo de 2023: Condujo desde el camping, recogió a una menor y regresó con ella, portando su mochila al hombro.
  • 2 de junio de 2023: Salió del camping en bicicleta, vestido con ropa de ciclismo y equipo de protección, y regresó una hora después con signos de fatiga.
  • 6 de junio de 2023: Volvió a salir en bicicleta con ropa deportiva, aunque esta vez sin casco.
  • 28 de junio de 2023: Hizo un trayecto en bicicleta de 35 km en 12 minutos, incluyendo tramos ascendentes en los que se puso de pie sobre la bici.

Al no estar conforme con su despido, demandó a la empresa, alegando que se había vulnerado su derecho a la intimidad, al ser grabado por un detective.

La justicia confirma su despido

A pesar de sus alegaciones para dejar sin efecto su despido disciplinario, tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Sabadell como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en su sentencia 535/2025 fallaron en su contra.

El trabajador alegaba que la prueba del detective privado vulneraba su derecho a la intimidad. Sin embargo, el tribunal concluyo que la vigilancia se llevó a cabo en espacios públicos y en un contexto de sospechas justificadas, por lo que no hubo violación de derechos fundamentales. Por lo que tanto los informes como los vídeos fueros ratificados en el juicio.

El trabajador también argumentó que su despido debía ser declarado nulo porque la empresa no le otorgó una audiencia previa, como establece el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT. No obstante, la jurisprudencia aplicable eximía a la empresa de esta obligación en despidos anteriores al 18 de noviembre de 2024, fecha en la que se modificó el criterio judicial mediante sentencia del Tribunal Supremo.

De modo, que el tribunal confirmó que las actividades realizadas durante la baja eran incompatibles con su recuperación y evidenciaban una posible simulación de su incapacidad, lo que justificaba el despido disciplinario.

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