Son muchos los casos de despido en supermercados, la principal causa es por robar productos. Precisamente de esto mismo se le acusó a esta empleada de Mercadona que fue pillada con dos bolsas de la compra, de las que solo pagó la barra de pan. Al menos eso es lo que se ha demostrado en todo el proceso judicial referente a este despido disciplinario.
La trabajadora de Mercadona, para defender que ella no había robado nada, ha llevado su caso hasta el Tribunal Supremo. Esta empleada alega que sí pago por todo lo contenido por las bolsas y no solo la barra de pan. Para defender su inocencia, asegura que tiró el ticket de compra y por ello no pudo justificar haber pagado todos los productos.
Fue pillada con dos bolsas de compra de las que solo pagó la barra de pan
Todo ocurrió cuando la trabajadora fue pillada por el supervisor del supermercado saliendo del local con varias bolsas del supermercado y sin haber abonado el importe de los productos que llevaba. Bueno, más bien, solo había pagado una barra de pan. La trabajadora, tras ser pillada, le aseguró al supervisor que sí había pagado los productos, pero que había tirado el ticket de compra, aunque no recordaba donde.
Fue entonces cuando llevaron a esta empleada a las oficinas, donde le comunicaron su despido y también le pusieron sobre la mesa un acuerdo transaccional de despido en presencia de dos testigos.
Un acuerdo transaccional es un pacto que alcanza un empresario y un trabajador sobre la extinción de la relación laboral, en la que se suele incluir que el trabajador renuncia a acudir a los tribunales a cambio de una compensación económica.
La trabajadora afirma que fue obligada a firmar dicho acuerdo bajo coacción y sin ser informada de las consecuencias del mismo.
Su despido ha llegado hasta el Tribunal Supremo
Tras su despido, la trabajadora llevó a Mercadona ante los tribunales, aunque tanto el Juzgado de lo Social nº8 de Valencia en su sentencia de 24 de noviembre de 2022 y el Tribunal Superior de Justicia de Valencia desestimaron su demanda.
Por lo que a la trabajadora solo le quedaba acudir al Tribunal Supremo, para insistir que la empresa la había coaccionado para firmar ese acuerdo. Para ello, en su reclamación ante el alto tribunal incorporó una sentencia de contraste. Sentencia que, según el alto tribunal, carece de contradicción.
Así que el Tribunal Supremo en su sentencia de 10 de julio de 2024 confirma como válido ese acuerdo y, por tanto, no hay una vulneración de derechos.
Hay que leer lo que se firma
Esta sentencia puede servir de precedente para muchos trabajadores de que hay que leer lo que se firma y no firmar si no se entiende el documento. En este caso, que la trabajadora alegaba que había sido coaccionada, le hubiera venido muy bien haber grabado esa conversación, pues recuerda que puedes grabar a tu jefe en el trabajo y sirve como prueba.
De haberlo hecho, hubiera podido demostrar que fue coaccionada y por tanto ese acuerdo firmado no tendría ninguna validez.