El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado la relación de fiestas laborales para el año 2021 de ámbito nacional.

Estas fiestas laborables de carácter retribuido, se distinguen entre las que tienen el carácter de nacional no sustituibles por las Comunidades Autónomas, y entre las que las Comunidades Autónomas si pueden optar entre la celebración en su territorio de dichas fiestas o su sustitución por otras que, por tradición, les sean propias
Entre las facultades reconocidas a las Comunidades Autónomas se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.
Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores faculta a aquellas Comunidades Autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales, por no coincidir con domingo, un suficiente número de fiestas nacionales para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.
Si quieres conocer las fiestas laborales de 2021 visita la publicación de la Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo en el Boletín Oficial del Estado (BOE)

