viernes 29 marzo 2024

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El Gobierno quiere limitar la duración máxima del contrato temporal a un año

El periodo máximo se fijaría en 6 meses siendo prorrogable hasta los 12 meses.

El Ministerio de Trabajo dirigido por Yolanda Díaz, sigue trabajando para su futura reforma laboral de la que poco a poco se van conociendo más detalles. El objetivo como ya ha explicado en varias ocasiones la ministra en mejorar las condiciones laborables de los trabajadores para que haya empleo de calidad.

Una nueva medida que ha planteado el Ministerio de Trabajo a los agentes sociales para modernizar las relaciones laborales, es la limitación hasta un máximo de 12 meses los contratos temporales por razones productivas.

Estas nuevas medidas y las ya anunciadas están siendo objeto de debate en la mesa de negociación abierta con la patronal y los sindicatos para poder abordar las reformas que el Gobierno se ha comprometido con Bruselas en el Plan de Recuperación.

Esta reforma parte de modificar el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores para establecer que el contrato de trabajo se presupone concertado por tiempo indefinido. Es decir, el Gobierno quiere imponer el contrato indefinido como norma en el mercado laboral.

Realmente el contrato «base» por decirlo de algún modo es el contrato indefinido, no obstante los diferentes tipos de contratos de carácter temporal cuyos despidos son más «baratos» provocaron que muchas empresas opten por realizar este tipo de contrataciones para cubrir puestos durante todo el año. Por lo que este tipo de contratos como por ejemplo el de circunstancias de la producción no suelen cumplir su objetivo (este contrato solo se puede realizar cuando hay un aumento de la producción y se necesita cubrir un puesto de forma temporal).

El Gobierno partiendo del contrato indefinido como norma en el mercado laboral,  solo contemplará dos posibilidades para realizar contrataciones temporales: por razones productivas para poder hacer frente a un crecimiento de la producción, o bien organizativas, para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo.

De esta forma desaparecería de escena la modalidad de obra o servicio, que permiten la contratación de trabajadores temporales con una duración máxima de hasta tres años, ampliable otros doce meses más, es decir, hasta cuatro años.

La ministra quiere eliminar esta modalidad, ya que la considera que es una de las razones de la precariedad del empleo en España. Al menos un millón y medio de trabajadores están bajo esta modalidad de contrato.

Duración máxima de seis meses.

Desde el Ministerio aclaran que este contrato no podrá ser superior a 6 meses, ampliables hasta un año. Eso sí dejan claro que en ningún caso se considerará una causa productiva la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a campañas. Para estas causas se deberá realizar la contratación bajo la modalidad de indefinido previstas para este fin, es decir los fijos-discontinuos.

Trabajo también advierte que se vigilará más estos contratos por causas de la producción, vigilando que los trabajadores realicen trabajos vinculados a la actividad normal y permanente de la empresa ni para la realización de trabajos o tareas en el marco de contratas, subcontratas o cesiones administrativas

Contratación por razones organizativas.

Otra modalidad contractual que desde el Ministerio de Trabajo se quiere establecer es por causas organizativas. Es decir la contratación para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo, siempre cuando en el contrato se especifique el nombre de esa persona y la causa de la sustitución.

En este caso, la duración del contrato será, como se viene haciendo hasta ahora, hasta que el trabajador con derecho a reserva de puesto se reincorpore a su puesto de trabajo. No obstante se introducirá una novedad. Si el trabajador contratado por sustitución supera los 24 meses, pasará a ser indefinido en la empresa.

 

 

 

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