sábado 20 abril 2024
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El Gobierno aprueba la prórroga de los ERTE: así quedan

Las empresas tendrán un mes de plazo para presentar la documentación para solicitar los nuevos ERTE que entran en vigor el 1 de noviembre.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la prórroga de los ERTE. Aunque como ya anunciamos en EmpleoJob.es, las empresas tendrán que presentar de nuevo la documentación.

El lunes a última hora el Gobierno y los agentes sociales alcanzaron un acuerdo que extenderá esta herramienta para mantener el empleo hasta el 28 de febrero.

Los nuevos Expedientes de Regulación Temporal de Empleo vienen con novedades. Te contamos a continuación que cambia respecto al anterior esquema.

Cambios en los ERTE a partir del 1 de noviembre.

Lo primero, es que no entrarán en vigor hasta el 1 de noviembre. Esto es debido a que no se renovará automáticamente, por los cambios en el sistema. Por tanto, se ha procedido a prorrogar los actuales ERTE un mes, permitiendo a las empresas y al SEPE poder tramitar los nuevos ERTE.

En cuanto a la duración, tendrán vigencia hasta el 28 de febrero de 2022.

¿Qué tienen que hacer las empresas?

Las empresas tendrán que volver a presentar la documentación solicitando el ERTE. En ella deberán indicar el plan de formación en el caso de que opten por impartir cursos a sus trabajadores.

¿Cómo serán las exoneraciones?

Las empresas de más de diez trabajadores tendrán un 80% de exoneración en sus pagos a la Seguridad Social si imparten formación a los trabajadores en ERTE y un 40% en caso de no hacerlo. Para las empresas de hasta diez empleados, la exención será del 80% si imparten acciones formativas y del 50% si no lo hacen.

Por tanto, no es obligatorio formar a los trabajadores para acogerse a un ERTE.

¿Cuántas horas deben tener los cursos?

Si quieren tener una mayor exoneración en las cuotas, las empresas tendrán que dedicar 30 horas de formación. Este es el caso para empresas de entre 10 y 49 trabajadores. Mientras que las empresas con una plantilla superior tendrán que dedicar 40 horas de formación.

Para fomentar la formación, el Gobierno se compromete a asumir gran parte del gasto de estos cursos. Las empresas solo tendrán que afrontar un pequeño copago.

Baja coluntaria en el trabajo

Tipos de ERTE.

Finalmente, el Gobierno ha decidido mantener los ERTE por limitación de actividad. Eso sí, cambian sus condiciones.

También continuará la figura del ERTE por impedimento con una exoneración del 100% de las cuotas. Salvo si tiene más de 50 trabajadores, que entonces será el 90%.

Además si la actividad tiene que paralizarse completamente a consecuencia de un rebrote también será del 100%.

Cómo afectará a los trabajadores estos nuevos ERTE.

Los trabajadores mantendrán sus derechos. Por lo que podrán acceder a la prestación por desempleo aunque no cumplan los requisitos.

Además se extiende el «contador a cero» hasta el 31 de diciembre de 2022. De esta forma un trabajador en ERTE que sea despedido a partir de enero de 2023 contará con la totalidad de sus días cotizados antes de estar en ERTE para solicitar su prestación.

En cuanto a la prestación la cuantía se mantendrá en el 70% de la base reguladora. Sin que esta sufra una rebaja al 50% a partir del séptimo mes.

Los trabajadores fijos discontinuos, también tendrán derecho a la prestación extraordinaria. Incluso se amplía a este colectivo el contador a cero.

 

 

 

 

 

 

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