El CEO infiel cazado en la Kiss Cam de Coldplay dimite tras el escándalo, pero ¿sería legal despedirte en España por tener pareja en el trabajo? Este abogado te lo cuenta

Un caso reciente ha generado un enorme revuelo en redes sociales y plantea una duda común en el ámbito laboral: ¿puede una empresa despedirte por tener una relación sentimental con un compañero o superior?

Todo comenzó con un vídeo viral en el que Andy Byron, CEO de una empresa tecnológica, fue captado por la “Kiss Cam” en un concierto de Coldplay. En lugar de estar acompañado por su esposa, apareció abrazando a la directora de Recursos Humanos de su empresa. Ambos están casados con otras personas, lo que generó un escándalo que rápidamente se hizo viral.

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Tras la difusión de las imágenes, la empresa decidió suspender temporalmente a Andy mientras evaluaban la situación. Finalmente, él presentó su renuncia (que tiene toda la pinta de ser un despido camuflado). Previamente, la compañía ya había comunicado públicamente que el comportamiento del CEO no se alineaba con los valores de la empresa, señalando claramente la existencia de una infidelidad, aunque sin mencionar directamente a la otra implicada, la directora de Recursos Humanos.

Sabemos que Estados Unidos se rigen por unas reglas bastante diferentes a las españolas, pero surge la duda si en España podría ocurrir lo mismo y precisamente Ignacio de la Calzada, más conocido como Un Tío Legal en las redes, ha respondido a esta cuestión en un nuevo vídeo.

¿Podría ocurrir lo mismo en España?

Según Ignacio de la Calzada, en España una situación como esta no justificaría un despido procedente. La ley laboral española no contempla la relación sentimental entre compañeros, jefes o subordinados como una causa válida de despido por sí sola. Es decir, mantener una relación amorosa en el entorno laboral no es motivo legal para que la empresa pueda justificar un despido.

Sin embargo, hay matices importantes. Un despido podría producirse si esa relación genera situaciones de discriminación, beneficios injustificados o cualquier tipo de trato de favor derivado del vínculo sentimental. También, si durante el horario laboral se incurre en conductas inapropiadas, como por ejemplo el despido de una trabajadora por hacerle una felación a otro compañero en el trabajo.

¿Y si la empresa tiene una política interna que lo prohíbe?

Incluso en el caso de que la empresa tenga una política que prohíba relaciones sentimentales en el trabajo, esta norma no puede sobreponerse a la ley. Si se despide a un trabajador únicamente por mantener una relación con un compañero, se trataría de un despido improcedente. En ese caso, la empresa estaría obligada a indemnizar al trabajador afectado o a readmitirlo (pagando los salarios de tramitación).

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