Despedido por no jubilarse cuando la empresa quería: readmisión y 25.000 euros de indemnización

Imagina que te acercas a los 65 años y tu empresa te ‘propone’ que te jubiles y al rechazarlo, luego te aparezca con una carta de despido objetivo. Esto es lo que le pasó a un médico y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado como nulo. Ahora la empresa tendrá no solo que readmitirlo, también indemnizarlo con 25.000 euros.

El caso llegó a los tribunales después de que la empresa comunicara al trabajador un despido objetivo por supuestas causas organizativas y productivas. Sin embargo, durante el proceso judicial se acreditó que, semanas antes del cese, varios responsables de la compañía le habían trasladado de forma expresa que preferían que se jubilara.

La negativa a jubilarse fue clave en el despido

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Según recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (STSJ CAT 6664/2025), el director generar y el director médico de la empresa incitaron en distintas ocasiones en que el trabajador se jubilara.  Se puede decir, que era una forma amable de decirle que ya no contaban con él y además con la ventaja para la empresa de ahorrarse una indemnización.

El problema es que el empleado no tenía intención de hacerlo y quería seguir en activo y la empresa no puede obligarlo a jubilarse.

Poco después de manifestar el trabajar su negativa a jubilarse, la empresa procedió a despedirlo. Pero no lo hizo con un despido disciplinario, sino que intentó camuflarlo como un despido objetivo en el que se hablaba de amortización del puesto y de dificultades económicas. Dada la antigüedad del trabajador que llevaba en la empresa un año y nueve meses, la indemnización que le correspondía era de unos 1.834,11 euros (20 días por año trabajador hasta un máximo de 24 mensualidades).

Sin embargo, el trabajador decidió demandar a la empresa solicitando la nulidad de su despido, ya que tal y como defendió en el juicio, su despido fue discriminatorio por razón de edad.

Despedir por edad es discriminación

Tanto el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declararon el despido nulo. El TSJ señala en su sentencia que la edad es una causa de discriminación expresamente prohibida por la Constitución y por el Estatuto de los Trabajadores. Despedir a una persona por no jubilarse cuando la empresa lo desea vulnera derechos fundamentales, independientemente de que el trabajador esté cerca a la edad de jubilación.

Para el tribunal, quedó acreditado que el despido se produjo justo después de que la empresa supiera que el trabajador no pensaba jubilarse. Al no existir una causa objetiva, razonable y proporcionada que justificara la extinción del contrato, la decisión empresarial no podía sostenerse.

Readmisión obligatoria e indemnización de 25.000 euros

Como consecuencia de la nulidad del despido, la sentencia obliga a la empresa a readmitir al trabajador en su puesto, abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y pagarle una indemnización adicional de 25.000 euros por los daños morales sufridos.

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