Imagina que te despiden, impugnas tu despido y que tras el juicio tu despido es declarado nulo y, por tanto, recuperas tu trabajo y además la empresa debe pagarte el salario que dejaste de percibir mientras estuviste fuera. Sin duda, sería un motivo para estar muy contento, pero no es el caso de una trabajadora que ahora deber hacer frente al pago de unos 5.450,70 euros que le reclama el abogado de oficio.
Tal y como ha informado el medio “Levante-EMV” la afectada había recurrido al sistema de justicia gratuita y se le designó un abogado de oficio para defender su despido contra la empresa.
Finalmente, ganó el juicio y consiguió que el juzgado número 7 de Valencia declarara su despido nulo, una decisión que tras impugnar la empresa fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, como puede comprobarse en la sentencia 2627/2021.
Su despido fue declarado nulo porque su contrato temporal estaba en fraude de ley, pero además la trabajadora se encontraba en ese momento embarazada, por lo que se aplicó la nulidad objetiva.
El abogado de oficio le exige el doble de minuta que la indemnización ganada
Aunque el abogado de oficio había advertido a la trabajadora que le cobraría un 30% de cualquier beneficio obtenido, la realidad es que la factura que finalmente le pasó se aleja de lo mencionado. El monto total ascendía a 5.450,70 euros, una cantidad que es más del doble de los 2.435 euros que ella había percibido por el despido nulo.
Desconcertada, buscó orientación en el Servicio de Orientación Jurídica y en el Colegio de Abogados de Valencia, donde le aseguraron que la ley de justicia gratuita establece que, en ausencia de pronunciamiento en costas, los honorarios deben limitarse a un tercio de lo recibido. Sin embargo, el proceso avanzó y el abogado continuó exigiendo el pago completo.
La batalla legal por la deuda
Incapaz de hacer frente a esa cantidad, el abogado inició un procedimiento conocido como «jura de cuentas«, mediante el cual los abogados pueden reclamar formalmente los honorarios a sus clientes. En abril de 2022, el Juzgado de lo Social número 7 de Valencia le dio la razón al letrado, respaldado por los criterios del Colegio de Abogados de Valencia, que establecen que en casos de despido nulo, los honorarios se calculan sobre una anualidad del salario devengado durante el proceso.
Esto significa que la minuta del abogado no se calcularían sobre los 2.435 euros que había recibido, sino del total de salarios devengados durante el tiempo que ella estuvo fuera a consecuencia del despido, lo que según indican serían unos 18.520,01 € brutos.
En octubre de 2022, el mismo juzgado consideró que la minuta original del abogado era excesiva y la redujo a 811,99 euros, cantidad que ella sí pagó. Sin embargo, el abogado recurrió, llevando el caso a una nueva revisión. En abril de 2023, el Colegio de Abogados de Valencia volvió a respaldar la cifra original, argumentando que no era excesiva.
Orden de embargo
Un año después, el Juzgado de lo Social número 3 de Valencia decretó el embargo sobre los bienes y la nómina. La trabajadora teme que esta orden pueda dejarla sin su coche, el cual utiliza para acudir a su puesto de trabajo, que está a 30 kilómetros de su casa y no hay transporte público.

