Sentencia ejemplar para la empresa textil Carolina Herrera, que tendrá que indemnizar con una gran suma de dinero a su trabajadora que sufrió durante años acoso laboral por parte de los superiores. Razón por la que la trabajadora solicitó la extinción de su contrato de trabajo con derecho a indemnización, como así ha confirmado el Juzgado de lo Social número 1 de Ourense.
La trabajadora llevaba trabajando para Carolina herrera desde octubre de 2004, inicialmente como Auxiliar de creación y, más recientemente, como Técnica Superior diseñadora, con un sueldo de más de 6.600 brutos mensuales.
Desde al menos 2018, el departamento sufría un clima laboral hostil promovido por las responsables de departamento con gritos, humillaciones, broncas y sobrecarga de trabajo. La situación derivó a un alto número de bajas voluntarias por parte de otros trabajados y casos de enfermedades tanto mentales como físicas. Hasta diez personas abandonaron sus puestos; algunas sufrieron depresión, fibromialgia, e incluso crisis de ansiedad.
En 2022 firmó un acuerdo con la empresa para intentar reconducir una relación laboral ya deteriorada, pero la situación no mejoró.
Un entorno tóxico ignorado por la empresa
Pese a que la empresa contaba con informes de riesgos psicosociales elaborados por servicios externos como Quirón Prevención, que ya en 2021 advertían de niveles críticos de carga laboral, supervisión deficiente y falta de interés por el bienestar del trabajador, no se implementaron medidas correctivas.
El ambiente era tan hostil que incluso trabajadores nuevos, con apenas cuatro meses, declararon en juicio haber sufrido depresión por la presión constante. Otros testigos describieron un clima de terror, control de horarios excesivo, y prácticas que vulneraban la integridad moral de los empleados.
Enfermedades físicas y psíquicas causadas por el estrés
La situación afectó gravemente a la salud de la trabajadora. Tras años de estrés acumulado, en junio de 2024 causó baja por incapacidad temporal, diagnosticada de poliartrosis. Posteriormente, informes médicos confirmaron que padecía un síndrome de sensibilización central, fibromialgia, ansiedad y estrés laboral crónico.
Por todo ello, la trabajadora solicitó la extinción del contrato laboral de forma voluntaria, pero por causa justificada, amparándose en el artículo 50.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.
Sentencia ejemplar en contra del acoso laboral
El Juzgado de lo Social número 1 de Ourense (puedes leer la sentencia 384/2025) le dio la razón y declaró extinguida la relación laboral por incumplimientos graves de la empresa. El tribunal determinó que estos problemas derivaban directamente del acoso laboral y la omisión de medidas preventivas por parte de la empresa, lo que constituye una infracción del artículo 15 de la Constitución y de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Además de dar por finalizado el contrato laboral, también condenó a Carolina Herrera a indemnizar a la trabajadora por lo siguiente:
- 157.816,80 euros por la extinción del contrato (la misma cantidad que habría recibido por un despido improcedente, según el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores).
- 150.000 euros adicionales por daños patrimoniales, psíquicos y morales, debido a la vulneración de sus derechos fundamentales (integridad física y psíquica) y a la falta de medidas preventivas frente a riesgos psicosociales.

