CCOO y UGT preparan una huelga de 24 horas: esto es lo que perderás de tu nómina si decides secundarla

Los trabajadores que participen en el paro dejarán de cobrar las horas que permanezcan en huelga, pero no solo se pierde el salario.

CCOO y UGT preparan una huelga general de 24 horas para el próximo mes de noviembre, antes de las elecciones generales previstas para el día 29. La convocatoria todavía está pendiente de concretar su fecha, pero para los trabajadores que estén pensando en secundarla hay una consecuencia económica que conviene conocer de antemano.

Todo trabajador tiene derecho a hacer huelga, así lo reconoce el artículo 28.2 de la Constitución Española y ejercerlo legalmente no puede ser motivo de sanción o despido. No obstante, eso no quiere decir que ‘salga gratis’ no acudir a tu puesto de trabajo aunque sea para manifestarte en favor un derecho también reconocido en la Constitución Española, el acceso a una vivienda digna y adecuada.

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Los precios de las viviendas, sobre todo los alquileres prácticamente se ‘comen’ el salario de un trabajador, más aún si lo que cobra el salario mínimo. A esto le sumamos la subida de precios en los carburantes y comida y hace que ahorrar para poder dar la entrada para la compra de una vivienda sea una misión imposible.

Volviendo al derecho a la huelga, todo trabajador debe tener en cuenta que durante ese tiempo se suspende temporalmente su contrato. Esto en la práctica se traduce en que no se presta servicios y la empresa deja de estar obligada a pagar el salario correspondiente a ese periodo. Por eso si ves una reducción de tu sueldo no debes interpretarlo como una represalia por parte de la empresa.

Lo que puedes perder de la nómina por hacer 24 horas de huelga

El punto de partida está en el Real Decreto-ley 17/1977 sobre relaciones de trabajo, concretamente en su artículo 6 el cual establece que durante una huelga el contrato queda suspendido y el trabajador no tiene derecho al salario mientras permanezca en ella. Por tanto, una persona que secunde el paro durante toda su jornada perderá la retribución a esa jornada

Sin embargo, calcular el ‘descuento’ no consiste simplemente en coger el salario mensual, dividirlo entre 30 y restar un día. En una nómina existen distintas partidas y algunas están vinculadas al trabajo realizado. Por eso, además del salario correspondiente a las horas de huelga, pueden verse afectados otros conceptos salariales asociados a esa jornada.

Entre ellos puede encontrarse la parte proporcional de la retribución correspondiente al descanso semanal y de las pagas extraordinarias. También pueden verse afectados determinados pluses relacionados con la asistencia o con el trabajo efectivamente realizado. Para saber qué ocurre con cada cantidad hay que distinguir entre los diferentes complementos salariales y extrasalariales que aparecen en una nómina, ya que no todos tienen la misma naturaleza.

Esto significa que dos trabajadores con el mismo salario base pueden terminar sufriendo un descuento diferente. Un empleado que cobre determinados pluses ligados a la actividad puede encontrarse con que esas cantidades también disminuyen. Es lo que puede ocurrir, por ejemplo, con un complemento que dependa directamente de la actividad realizada, cuyo cobro está relacionado con la prestación efectiva del trabajo.

Igualmente, si estás afiliado a un sindicato puedes preguntar si tienen un fondo para cubrir el salario perdido durante una huelga, sindicatos como CCOO y UGT tienen este fondo.

El descuento también puede llegar a las pagas extraordinarias

Parte del dinero que se pierde por hacer huelga puede no apreciarse de forma inmediata en la nómina del mes en el que se celebre. Las pagas extraordinarias se generan durante un periodo determinado y el tiempo durante el que el contrato permanece suspendido por la huelga puede reducir proporcionalmente su cuantía. Evidentemente por un día tampoco es que te vayan a quitar mucho, pero es el precio a pagar por luchar por tus derechos.

La forma en la que el trabajador perciba esas pagas también influye en cómo verá el efecto. Si están prorrateadas, su parte proporcional aparece cada mes dentro de la nómina ordinaria. Cuando se cobran de forma separada, la reducción correspondiente puede apreciarse posteriormente al recibir la paga extraordinaria. De ahí que para calcular correctamente el impacto sea necesario conocer cómo están distribuidas las pagas extraordinarias en el salario.

Algo parecido ocurre con el descanso semanal, ya que el descuento derivado de una huelga puede incluir la parte proporcional de la remuneración correspondiente a ese descanso. Esto no significa que hacer huelga un viernes permita automáticamente a la empresa quitar el salario completo del sábado y del domingo, sino que el descuento debe limitarse a la parte proporcional generada durante el periodo en el que el trabajador ha secundado la huelga.

Qué más cambia para el trabajador durante la huelga

Secundar la huelga tiene efectos sobre el salario, pero no permite a la empresa recortar las vacaciones ni sancionar al trabajador por el simple hecho de participar. El ejercicio legal del derecho a huelga no extingue la relación laboral y los días de vacaciones que correspondan al empleado no pueden utilizarse para compensar las horas que haya dejado de trabajar.

Durante esas horas también cambia la situación del trabajador ante la Seguridad Social. La normativa establece que pasa a una situación de alta especial mientras permanece en huelga, por lo que mantiene su vinculación con el sistema aunque durante ese periodo se suspenda la obligación de cotizar tanto para la empresa como para el propio empleado.

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