No cumplir con las normas de la empresa puede llevar a un despido disciplinario que a fin de cuentas es para el trabajador la peor forma de extinción de contrato, ya que no hay indemnización. Esto es lo que le ocurrió a una empleada de Burger King, al saltarse las normas y que terminó con su despido. No obstante, la justicia ha determinado que la empresa no pudo aportar suficientes pruebas para corroborar los motivos para su cese y por ello declaró el despido como improcedente, por lo que la empresa tendrá que indemnizarla.
La trabajadora desempeñaba funciones como encargada junior en la empresa desde enero de 2009, con un salario mensual bruto de 1.829,22 €. Entre sus funciones estaba la de garantizar y asegurar que el restaurante se encuentre en óptimas condiciones de limpieza y que se cumplan las medidas de seguridad alimentarias, entre estas medidas impedir la utilización de productos caducados.
Reetiquetaba el pan caducado
Tal y como apunta la sentencia del 11 de noviembre de 2024, Burger King detectó en una de las visitas de un formador que se estaba usando pan caducado, el cual estaba refechado, lo que significa que la fecha había sido manipulada voluntariamente. Por ello, El 17 de enero de 2024, la empresa emitió una carta de despido disciplinario. En la propia carta se adjuntaba las fotografías tomadas por el formador en las que se podía comprobar que el pan tenía una etiqueta encima de su etiqueta original, que mostraba que el pan llevaba caducado varios días antes.
Las pruebas en contra de la trabajadora no eran sólidas
Lo que parecía un despido procedente de manual para Burger King, pues la trabajadora ya había sido sancionada por parte de la empresa por el uso de pan caducado, una en enero de 2023 con una sanción de empleo y sueldo por tres días y otra en octubre de 2023 con suspensión por 30 días, aunque está aún está pendiente de resolución judicial, pues fue impugnada por la trabajadora, finalmente no fue tan sencillo.
Tras demandar la trabajadora a la empresa, el juzgado de lo Social número 1 de León y recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León han confirmado la improcedencia del despido. Las razones por la que no ven justificado el despido son el siguiente:
- Pruebas inconsistentes: Las fotografías aportadas no corroboraron la acusación de reetiquetado de productos.
- Ausencia de pruebas directas: No se pudo demostrar que la trabajadora fuera la autora del reetiquetado o que estuviera al tanto de los productos caducados.
- Responsabilidades compartidas: Otros encargados trabajaron en los días previos al incidente, lo que dispersa las responsabilidades.
Por lo que, a pesar de esas sanciones previas, los magistrados se basan en que la empresa que es la que tiene la carga de la prueba, no pudo demostrar que la trabajadora despedida estuviera implicada en esa manipulación de productos caducados, ni siquiera que tuviera conocimiento de que esos productos estuvieran caducados. Es más, en uno de los días en el que se manipuló las fechas, la trabajadora no había trabajado.
Así que, Burger King tendrá que pagarle una indemnización por despido improcedente correspondiente a 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades.