Hacienda y Seguridad Social advierten a beneficiarios del IMV sobre la declaración de la renta 2023

Los contribuyentes que durante el año 2023 cobrarÔn el Ingreso Mínimo Vital, estÔn obligados a presentar la declaración de la Renta este año.

Si durante 2023 has sido beneficiario del Ingreso Mƭnimo Vital y sobre todo sigues siƩndolo este aƱo 2024, no ignores esta advertencia de Hacienda y la Seguridad Social.

Este miércoles 3 de abril comienza la campaña de la Renta 2023, es decir, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que finalizarÔ el 1 de julio de 2024. Cada año los contribuyentes se preguntan si estÔn o no estÔn obligados a presentarla. Si bien es cierto que existen unos límites de ingresos que eximen de toda obligación a presentar la declaración de la Renta, para los beneficiarios del IMV no se aplican.

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Tal y como ha compartido la Seguridad Social a través de su perfil en la red social X (antes Twitter) Atención a la ciudadanía de @inclusiongob, los ciudadanos que durante 2023 hayan sido beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital estÔn obligados a hacer la declaración de la Renta 2023.

¿Por qué es obligatorio presentar la declaración de la Renta si he cobrado el IMV?

La obligación de presentar la declaración de la Renta cobrando el Ingreso Mínimo Vital, no tiene nada que ver con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pues esta prestación de la Seguridad Social estÔ exenta de tributación en el IRPF.

La obligación radica en que es un requisito establecido en sus bases, como indica el artículo 36 de la Ley 19/2021 por la que se establece el IMV. Esta obligación tienen un motivo y no es otro que cuando la Seguridad Social cruce los datos con Hacienda, pueda comprobar tanto que los ingresos no superar el umbral de renta garantizada a la que se tiene derecho por unidad familiar y también para actualizar la cuantía que corresponda.

Pero no debes preocuparte, ya que en la mayoría de los casos, la declaración serÔ bastante sencilla, ya que no habrÔ ingresos, por tanto, la casilla 595 del borrador, aparecerÔ con importe cero. Salvo que se haya estado compaginando la prestación con un trabajo o cualquier otro, ingreso compatible.

AsĆ­ deberĆ”n declararse como rendimientos de trabajo las cuantĆ­as que superen los Hasta 12.600 euros. TambiĆ©n deberĆ”n declararse todas aquellas ayudas que se perciban, ademĆ”s del IMV, tales como ā€œla renta mĆ­nima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientosā€, ya que en ese caso ā€œse debe declarar y tributar por ese excesoā€.

Los menores tambiƩn deben presentarla

Independientemente de que el Ingreso se solicita individualmente, se concede a toda la unidad familiar, que serÔn los beneficiarios. Así, todos los miembros de la unidad familiar deben presentar la declaración de la renta, incluido los menores,  ya sea de forma individual o conjunta con la unidad familiar.

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