sábado 1 febrero 2025
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¡Aviso a empresas!: Así cambiarán las multas de Inspección de Trabajo por incumplir la jornada

El Gobierno endurecerá las sanciones tanto en el cumplimiento del registro horario como en materia de prevención de riesgos laborales, rozando el millón de euros la sanción.

En la última reunión del Gobierno con los sindicatos y la patronal y en un intento de acercar posturas con esta última para llegar a un acuerdo entre las tres partes, se ofreció más flexibilidad a la distribución de la jornada irregular, más de lo que la legislación permite.

Lo que no será negociable, o al menos así lo ha dejado claro el Gobierno, es el aumento de las cuantías en las sanciones en materia de cumplimiento de jornada. Un aumento que se ve necesario para que sirva como disuasorio a las empresas que pretendan no cumplir con la nueva jornada, una vez entre en vigor la reducción hasta las 38,5 horas semanales y posteriormente hasta las 37,5 horas.

El borrador presentado por el Gobierno incluye modificar el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Nuevas cuantías por incumplir la nueva jornada pueden llegar al millón de euros

Trabajo quiere controlar que las empresas cumplan con la nueva jornada laboral y para ello prestará especial atención al registro horario de los trabajadores. Así, las empresas que intenten falsificar este registro obligando a sus trabajadores a que registre una jornada laboral serán sancionados por cada trabajador cuyo registro no sea real.

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece que el incumplimiento del registro horario es considerado como una infracción grave. Estas infracciones en su grado mínimo se sancionan con 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.

El borrador presentado por el Gobierno incrementa estas sanciones, pasando en su grado mínimo a sanciones de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

Además de las sanciones, también se plantea la eliminación del registro en papel por un sistema digital que pueda ser accesible remotamente desde la Inspección de Trabajo.

También aumentarán las sanciones en materia de prevención de riesgos laborales

El Ministerio de Trabajo ha adelantado que las infracciones respeto a la jornada laboral y el tiempo de trabajo pasarán a ser calificadas de muy graves cuando supongan un riego grave e inminente para la Seguridad y salid de los trabajadores, rozando la sanción el millón de euros.

De modo que además de modificar el artículo 40, se van a modificar los artículos 12 y 13 sobre Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, para incluir y sancionar los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que afecten al disfrute de los periodos mínimos de descanso diario y semanal, vacaciones anuales, duración máxima de la jornada de trabajo, así como las pausas durante la jornada y la regulación del trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo cuando generen un perjuicio a la salud de los trabajadores.

Las empresas que incumplan todo esto podrían recibir sanciones que irían en su grado mínimo desde los 2.451 euros, y hasta los 983.3736 euros en su grado máximo. La calificación del grado, grave o muy grave, se determinará en función del daño cometido a la salud del trabajador, y si este es inminente.

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