Los trabajadores autónomos solo pagarán la mitad de su cuota en agosto a la Seguridad Social.
Los autónomos que fueran beneficiarios hasta el 31 de mayo de las ayudas por cese de actividad y no hayan vuelto a solicitarlas tras la prórroga de mayo tendrá exonerado el 50% de la cuota de agosto.
La Seguridad Social solo cobrará el 50% de la cuota de agosto a los autónomos que fueran beneficiarios anteriormente a las ayudas por COVID-19.
Tras la aprobación de la última prórroga de las ayudas por cese de actividad por la pandemia, muchos autónomos no cumplían los nuevos requisitos. Esto dejaba a miles de trabajadores por cuenta ajena sin poder acceder a estas prestaciones.
Debido a esta situación el Gobierno junto a los sindicatos y empresarios acordó exoneraciones en las cuotas para estros trabajadores.
Más de 200.000 trabajadores pagarán la mitad de la cuota.
Así pues, se espera que más de 200.000 trabajadores por cuenta propia solo paguen a finales de este mes 144 euros de cuota, en el caso de que coticen por la mínima, por haber cobrado el cese hasta mayo y no haberlo solicitado de nuevo.
La Seguridad Social suele girar el cobro de las cotizaciones en torno al día 15 de cada mes. Por tanto, los autónomos que continúen sin solicitar las ayudas en esa fecha, tendrán automáticamente exonerado el 50% del pago de sus cotizaciones.
Este mes finaliza el plazo para solicitar las ayudas por cese de actividad.
En el caso de que se solicite la ayuda después del 15 de agosto, la Seguridad Social les cobrará el 50%. Una situación que se dio durante el mes de junio, cuando la Seguridad Social cobro de forma automática el 10% de la cuota a todos los autónomos que fueron beneficiarios. Incluyen a los que habían solicitado de nuevo las ayudas, que estaban exonerados al 100%.
Exoneración de un 50% de la cuota de autónomo para los beneficiarios de las ayudas por la pandemia hasta mayo.
Esta ayuda en forma de exoneración se puso en marcha desde el mes de junio. Cuando la Seguridad Social exoneró el 90% de la cuota de autónomos.
La norma regulada en el Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de mayo, recoge la «exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero»
Estas exoneraciones son de:
El 90% de la cuota de autónomos del mes de junio, es decir solo pagaron un 10%.
El 75% de la cuota de autónomos del mes de julio, solo pagaron el 25% de su cuota.
El 50% de la cuota de autónomos del mes de agosto, pagarán el 50% de su cuota.
El 25% de la cuota de autónomos del mes de septiembre, será el último mes de exoneración. Los autónomos pagarán el 75% de sus cotizaciones.