viernes 31 enero 2025
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Anulan la sentencia que declaraba el despido como procedente de un supervisor de Starbucks acusado de uso indebido de descuentos por no dar una respuesta clara a las alegaciones

El TSJ de Illes Balears anula una sentencia sobre el despido de un supervisor de Starbucks y pide al juzgado una nueva resolución con mejor motivación.

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha anulado la sentencia que declaraba como procedente el despido de un encargado de Starbucks que fue acusado de usar indebidamente los descuentos de empleado.

El empleado en cuestión trabajaba desde 2018 en Starbucks con un contrato indefinido a tiempo parcial. En 2020, fue ascendido a la posición de «Shift Supervisor», una categoría laboral que requería un alto nivel de confianza y responsabilidad. Entre los beneficios laborales ofrecidos por la compañía, estaba un descuento del 50% en productos del grupo, uso limitado estrictamente a cada empleado y no transferible.

Utilizó el código de descuento de otro empleado que estaba de baja médica

La dirección de Starbucks detectó irregularidades tras observar un volumen inusual de descuentos en la tienda Momentum, lo que llevó a una investigación interna. El análisis de las cámaras de seguridad (CCTV) y las operaciones registradas mostró que había utilizado los datos de otro empleado para beneficiarse del descuento en al menos 10 ocasiones entre el 31 de marzo y el 11 de abril de 2023. Durante ese período, el trabajador al que suplantó estaba de baja médica.

Por ello, Starbucks entregó la carta de despido disciplinario sin derecho a indemnización por suplantar a otro trabajador para aplicar descuento personal e intransferibles, violando las políticas internas de la empresa y su código ético. Además, abonó los importes pendientes con la «tarjeta monedero» asociada a la cuenta del trabajador suplantado, causando un perjuicio económico a la empresa. Estos hechos se consideraron una transgresión grave de la buena fe contractual y un abuso de confianza.

El despido se fundamentó en los artículos 54.b y 54.d del Estatuto de los Trabajadores, que amparan la desvinculación laboral por indisciplina o desobediencia grave, así como por abuso de confianza. También se citaron disposiciones del V Acuerdo Laboral Estatal para el Sector de Hostelería.

El trabajador alegó que dichas faltas habían prescrito y el despido no estaba justificado

El trabajador presentó una demanda contra Starbucks, argumentando que el despido era improcedente y que los hechos imputados estaban prescritos. Sin embargo, el Juzgado de lo Social desestimó la demanda y declaró la procedencia del despido, respaldando las acusaciones de fraude y pérdida de confianza.

Sin embargo, esta decisión no fue aceptada por el trabajador, ya que presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

La defensa del trabajador denunció varias irregularidades en el procedimiento judicial inicial. Entre sus principales argumentos destacó la prescripción de los hechos imputados, señalando que habían transcurrido más de 20 días desde que la empresa tuvo conocimiento de los mismos, lo que impediría la aplicación de sanciones por faltas graves. Además, criticó que la sentencia no detallaba adecuadamente qué hechos se consideraron probados y cuáles no, ni justificaba con claridad la valoración de las pruebas realizadas.

¿Por qué ha anulado la sentencia?

Los magistrados del TSJ en su sentencia 570/2024 consideraron que el fallo inicial del Juzgado de lo Social presentaba dos infracciones fundamentales:

  1. Incongruencia omisiva: No se dio una respuesta explícita a la alegación de prescripción planteada por la defensa del trabajador.
  2. Insuficiente motivación: La sentencia no expuso los razonamientos necesarios sobre la valoración de las pruebas practicadas durante el juicio, incumpliendo los artículos 97-2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Ambas infracciones, según el TSJ, vulneraron el derecho fundamental de defensa del recurrente, lo que hace necesaria una nueva sentencia que ofrezca una respuesta clara y detallada sobre la prescripción y los hechos probados.

Por ello, el Tribunal Superior de Justicia ha ordenado al Juzgado de lo Social que emita  una nueva resolución en la que ofrezca una adecuada motivación del fallo y se dé respuesta explícita a las cuestiones planteadas por la defensa.

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