El Tribunal Supremo deja muy claro esta duda sobre la excedencia por cuidado de hijos

El Tribunal Supremo reconoce el derecho incondicional a reingresar en un puesto del mismo grupo o categoría equivalente.

La excedencia voluntaria por cuidado de hijos permite a un trabajador suspender su contrato de trabajo para poder hacerse cargo de su hijo. Esta excedencia también se puede solicitar en caso de adopción o acogimiento de un menor.

Una de las principales diferencias sobre la excedencia voluntaria es que se tiene derecho a reserva del puesto, algo que ha confirmado el Tribunal Supremo.

Reincorporación automática tras una excedencia por cuidado de hijo

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La sentencia 312/2013 del Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores que estén disfrutando de una excedencia para el cuidado de sus hijos de hasta 3 años, tienen derecho a su reincorporación automática siempre que lo soliciten antes de que transcurra el plazo de 3 años de duración máximo.

En realidad no son tres años de duración, la excedencia se puede solicitar en cualquier momento y finalizará hasta que el hijo cumpla los 3 años.

De modo que esta sentencia deja muy claro que la empresa debe reconocer el derecho incondicional a reingresar al trabajador en un puesto del mismo grupo o categoría equivalente. Por lo que la empresa no puede alegar que no tiene puestos disponibles.

Excedencia para el cuidado de hijos
Excedencia para el cuidado de hijos | Foto prostooleh Freepikcom

¿Qué hacer si la empresa no cumple con la reincorporación?

En el caso de que la empresa incumpla el derecho del trabajador a reincorporarse a la empresa, alegando que no tienes puestos, o simplemente no contestan a la solicitud, es necesario demandar reclamando volver al trabajo.

En el caso de dejar claro que no te reincorpora, se consideraría un despido y también habría que demandar.

Tanto si vas a presentar una demanda reclamando la vuelta al trabajo o por despido, es necesario que lo hagas siempre bajo el asesoramiento de un abogado laboralista que estudiara tu caso.

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