Aprobada la Ley de Vivenda: claves y cuándo entrará en vigor

El Congreso aprueba la Ley de Vivienda para limitar la subida de precios del alquiler en España

El Pleno del Congreso ha votado este jueves la Ley de Vivienda, que busca mejorar el mercado de alquiler de las viviendas, para hacerlo más accesible. Por ello, una de las medidas principales serán los nuevos límites a la subida del precio del alquiler en toda España.

Una de las medidas es que el Gobierno intervendrá en el mercado y el control real de las rentas, así como otros cambios que deben tener en cuenta tanto los propietarios de vivienda como los arrendatarios de estas.

Claves de la Ley de Viviendas aprobada por el Gobierno

Condiciones para declarar una zona como tensionada

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Las Comunidades Autónomas podrán considerar que una zona es tensionada si se cumplen una de las siguientes condiciones:

  • La carga media del coste del alquiler más gastos supera el 30% de la renta.
  • El precio de la vivienda ha aumentado 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.

Así, una vez la zona sea declarada como tensionda las rentas de los nuevos contratos que se realicen en estas áreas estarán limitadas por un índice de referencia que establecerá el Gobierno por medio del Ministerio de Transporte.

Topes a los alquileres en las zonas tensionadas

Una de las principales novedades de la norma es que una vez aprobada la ley, los gastos del alquiler de un inmueble correrán a cargo del propietario. Es decir, el servicio inmobiliario deberá abonarlo el propietario, en lugar de ser el inquilino quien pague a la inmobiliaria.

También se elimina el IPC como referencia para actualizar los contratos, a que el IPC fluctua demasiado como para tomarlo como referente en la actualización de los contratos.

Con todo esto, en 2023 se mantiene el límite en vigor (2%) y en 2024 el índice será de 3% y a partir de ahí se volverá a negociar con un nuevo cálculo.

Los topes se establecerán a todos los alquileres, tanto para grandes como pequeños propietarios, dependiendo de la modalidad de contrato y propiedad, mediante la indexación a la renta anterior en vigor para los pequeños propietarios y mediante la aplicación del índice de contención de precios para los grandes tenedores.

Cambios para ser considerado como gran tenedor

La nueva ley también rebaja el umbral de 10 viviendas para ser considerado como gran tenedor. Así, una persona física o jurídica que sea titular de 5 o más viviendas entrara en este perfil de propietario. Serán las comunidades autónomas, en función de sus competencias,  las que determinarán esta condición.

Límite a los desahucios

La ley endurecerá la legislación actual sobre los desahucios y se introducen nuevas prórrogas a los procedimientos de lanzamiento, de tal modo que:

  • Se pone fin a los desahucios sin fecha y hora predeterminada.
  • Se incluyen prórrogas a los procesos de lanzamiento a más de dos años y a las personas vulnerables se les podrá establecer un proceso de conciliación extrajudicial.
  • Las comunidades autónomas podrán articular mecanismos propios de mediación y alternativa habitacional que consideren oportunos, forzando a los grandes tenedores que realicen desahucios a someterse a los mismos.
  • ​​Además, las comunidades autónomas podrán usar sus recursos habitacionales para dar solución a la vivienda de los desahuciados.
Agente inmobiliario
Agente inmobiliario | Foto Tonodiaz Freepikcom

Fin a que los inquilinos paguen las comisiones de las inmobiliarias

Una vez entre en vigor la nueva Ley de Viviendas, los gastos de gestión inmobiliaria y los gastos de formalización del contrato de alquiler deberán ser abonados por el arrendador y no por el arrendatario.

Requisitos para la desocupación de viviendas

La norma establece que el procedimiento para desalojar a alguien de una propiedad ocupada ilegalmente se ralentizará, lo que significa que tomará más tiempo y será más complicado para el propietario de la propiedad.

Para empezar, el propietario debe indicar si la propiedad que se ha ocupado ilegalmente es la vivienda habitual de la persona que la ocupa. Si la propiedad es la vivienda habitual de la persona que la ocupa, entonces el propietario debe proporcionar un certificado del Registro de la Propiedad que lo justifique.

Además, si el propietario es una empresa o un gran tenedor de propiedades, deberá demostrar que la persona que ocupa la propiedad no se encuentra en una situación de vulnerabilidad social o económica, y tendrá que hacerlo mediante documentos emitidos por las autoridades competentes y con el consentimiento de la persona demandada.

En resumen, esta norma establece una serie de requisitos y procedimientos para desalojar a alguien de una propiedad ocupada ilegalmente, y busca proteger a las personas vulnerables que puedan estar en riesgo de quedarse sin hogar.

Protección a los vulnerables

La ley de Arrendamientos Urbanos actualmente establece que los contratos de alquiler se prorrogan automáticamente hasta cinco años para los inquilinos y hasta siete años para las personas jurídicas, si el inquilino lo desea.

La novedad es que se ha incluido una cláusula que permite al arrendatario solicitar un año extra de alquiler en las mismas condiciones si puede justificar una situación de vulnerabilidad social y económica. Esto significa que si el inquilino está pasando por dificultades económicas o sociales, puede solicitar una prórroga del contrato de alquiler por un año más, siempre y cuando pueda demostrar su situación mediante informes emitidos por los servicios sociales.

Además, el texto establece que en un plazo de 20 años, las administraciones competentes deberán tener un mínimo del 20% de viviendas destinadas a políticas sociales en zonas tensionadas. Esto significa que las autoridades locales deberán garantizar que un porcentaje de las viviendas en áreas urbanas con alta demanda estén reservadas para personas con necesidades sociales o económicas especiales, como personas mayores, discapacitados, familias con bajos ingresos, etc.

¿Cuándo entrará en Vigor?

Tras llevar el proyecto de ley más de un año bloqueado en el Congreso, el Gobierno espera que el Senado de su visto bueno para que entre en vigor antes del 28 de mayo.  Fecha en la que se celebran las elecciones autonómicas y municipales.

 

 

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