Buenas noticias para los interesados en ingresar a los Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas o bien de la Guarda Civil. Si siempre has querido presentarte a las pruebas para ingresar a uno de estos cuerpos y tu estatura era un impedimento, ya no lo será más.
El Ministerio de Defensa ha iniciado la modificación normativa de la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
Esta modificación afecta al requisito de altura, que será suprimido en las próximas convocatorias de ambos cuerpos. Por lo que los aspirantes ya no tendrán que tener al menos 160 cm en el caso de los hombres y 155 en el caso de las mujeres.
Con esta modificación, el Ministerio de Defensa se suma a la medida ya adoptada en 2022 por el Ministerio del Interior de eliminar la altura mínima para poder opositar a Policía Nacional. Los cuales eran aún más exigentes, pues era necesario tener al menos 165 centímetros en el caso de los aspirantes masculinos y 160 centímetros las mujeres.
Con esta medida, se busca seguir avanzando en la igualdad de oportunidades y facilitar la atracción y captación de talento tanto en las Fuerzas Armadas como en la Guardia Civil. Aunque, por el momento se seguirán manteniendo los límites de edad.
Se mantendrá el requisito de altura para determinadas unidades
Aunque la medida eliminará, con carácter general, los límites de estatura para el acceso a todos los Cuerpos y Escalas de las Fuerzas Armadas. Si se mantendrán para ocupar destinos en determinadas unidades, cuando está constitutiva un requisito esencial y determinante, según ha señalado el Ministerio de Defensa en su nota de prensa.
Requisitos para ingresar al Cuerpo Militar (Tropa y Marinería)
- Carecer de antecedentes penales.
- Estar en posesión como mínimo del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o bien equivalente.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Qué el día de la incorporación al centro docente militar se tenga los 18 años de edad y no haber cumplido los 29 años.
- No se permiten tener tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armanda.
Requisitos para la Guardia Civil
- Tener la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- Tener al menos 18 años y no superar durante el año de la convocatoria la edad de 40 años
- Poseer el título de Educación Secundaria Obligatorio o equivalente.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase «B»
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme.