sábado 1 febrero 2025
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El Senado aprueba la iniciativa para mejorar la protección de las personas desempleadas eventuales del sector agrario en Andalucía y Extremadura

El Senado se abre a equiparar las prestaciones por desempleo de los temporeros en Andalucía y Extremadura

El Pleno del Senado ha aprobado casi por unanimidad una propuesta del PSOE, pactada con otros grupos,  para instar al Gobierno a mejorar la protección de las personas desempleadas eventuales del sector agrario en Andalucía y Extremadura.

La propuesta ha sido pactada entre PSOE, ERC, PNC, Izquierda Confederal y Grupo de Ciudadanos, contando con 236 votos a favor y las abstenciones de ERC, Junts y Bildu.

Los motivos que han llevado a presentar esta moción de propuesta es por los cambios que está sufriendo la agricultura andaluza y Extremeña, cada vez más mecanizada, lo que provoca que haya cada vez menos jornadas. Por lo que estos trabajadores tienen dificultadas para cumplir el requisito para poder acceder a su prestación.

Actualmente, los trabajadores agrarios de ambas comunidades autónomas  que cotizan por el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, pueden acceder a dos prestaciones, el subsidio agrario y la Renta Agraria.

Subsidio Agrario en Andalucía y Extremadura

Tal y como informa el SEPE en su web, para poder acceder al Subsidio agrario o Renta Agraria para personas trabajadoras residentes en Andalucía y Extremadura,  se deben cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran haber cotizado como mínimo 35 jornadas en doce meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo.

No obstante, tras la publicación del Real Decreto-ley 4/2022, las solicitudes presentadas entre el 17 de marzo y el 31 de diciembre de 2022, se redujo el número de peonadas a 20 para poder acceder al subsidio.

Equiparar las prestaciones para los temporeros

La moción solicita que el Gobierno equipare la Renta agraria a las mismas condiciones que ya tiene el subsidio agrario.

Una de las principales diferencias están en los requisitos de acceso,  pues para la Renta Agraria las jornadas realizadas en el Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA), no se tienen en cuenta para el cómputo mínimo de jornadas para acceder a esta prestación. Mientras, para el Subsidio Agrario, las personas mayores de 35 años o menores con responsabilidades familiares pueden completar las jornadas necesarias para acceder al subsidio con las realizadas en el PFEA.

Además, un dato a tener en cuenta que a pesar de que las peonadas realizadas en el programa PFEA no le sirven a las personas beneficiaras de la Renta Agraria, estos tienen prioridad  sobre los beneficiarios del subsidio para participar en los trabajos de este programa.

También piden que se reserva la diferencia entre ambos subsidios para el colectivo de mayor de 52 años, que es más ventajosa para las personas beneficiarías del Subsidio Agrario.

La duración del subsidio para las personas beneficias de la Renta Agraria para este colectivo es de 300 días. Mientras que el Subsidio Agrario es el siguiente:

  • 300 días para trabajadores mayores de 52 años y menores de 60 años.
  • 360 días para trabajadores mayores de 60 años
  • 360 días para trabajadores mayores de 52 años que accedan al subsidio especial.

 

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