sábado 1 febrero 2025
EmpleoJob | Noticias de trabajo, prestaciones y ayudas

El motivo por el que Hacienda te puede embargar la ayuda de 200 euros

Tras solicitar el cheque-alimento de 200 euros que el Gobierno ha puesto en marcha este mes de febrero de 2023, cabe la posibilidad de que Hacienda te pueda embargar la ayuda.

La nueva ayuda de 200 euros está destinada a la compra de alimentos, aunque en realidad una vez recibido el dinero en la cuenta bancaria se puede utilizar para cualquier otra cosa. Del mismo modo, la propia Hacienda puede embargar el dinero cobrado si se tienen deudas con Hacienda, la administración  del Estado, la Seguridad Social y cualquier otra administración.

¿Cuánto me puede embargar Hacienda?

Tal y como recoge la Ley General Tributaria en su artículo 169, con respeto siempre al principio de proporcionalidad, se procederá al embargo de los bienes y derechos del obligado tributara en cuantía suficiente para cubrir:

  • El importe de la deuda no ingresada.
  • Los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro.
  • Los recargos del período ejecutivo.
  •  Las costas del procedimiento de apremio.

El propio cheque de 200 euros para la compra de alimentos estaría directamente en los bienes embargables, que son los siguientes:

  • Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito.
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo.
  • Sueldos, salarios y pensiones.
  • Bienes inmuebles.
  • Intereses, rentas y frutos de toda especie.
  • Establecimientos mercantiles o industriales.
  • Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades.
  • Bienes muebles y semovientes.
  • Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo.

No obstante, hay que tener en cuenta que existen unos límites a la posibilidad de embargo de las ayudas o prestaciones percibidas por un ciudadano.

Cómo saber si me han aceptado la ayuda de 200 euros de Hacienda

¿Qué no te pueden embargar?

La ley establece que no se podrá embargar aquel importe que no supere el salario mínimo interprofesional.  De modo que solo pueden embargar la cantidad que supere el SMI, pero no su totalidad, sino un porcentaje que determina la propia ley.

Los embargos llegan a ser la consecuencia de haber agotado todos los tiempos de liquidación y pago de una deuda. Estos embargos se pueden realizar por dos vías:

  • Mediante una diligencia: medida que promulga Hacienda cuando la persona agota los plazos de liquidación de una deuda.
  • Por sentencia judicial: cuando el juez decreta el embargo de los bienes a consecuencia de una demanda presentada por el acreedor.

La ayuda de 200 euros del Gobierno está entre las prestaciones y ayudas públicas a que se refiere el artículo 4 del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio.

Artículo 4 del Real Decreto Ley 9/2015. Prestaciones y ayudas públicas inembargables

1. Resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, a los embargos ordenados en el ámbito de procedimientos judiciales y administrativos que tengan por objeto las siguientes prestaciones públicas:

a) Las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos.

b) Las demás ayudas establecidas por las Comunidades Autónomas o por las Entidades Locales para atender, con arreglo a su normativa, a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes.

c) Las prestaciones y ayudas establecidas por el Estado con finalidad análoga a las señaladas en los apartados anteriores.

d) Las ayudas concedidas a las víctimas de delitos violentos a que se refiere la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y las ayudas previstas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y demás ayudas públicas satisfechas a víctimas de violencia de género por tal condición.

2. Las prestaciones y ayudas a que se refiere este artículo serán consideradas como una percepción más a efectos de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

 

Archivado en:
Relacionados
Lo más leído