La factura de la luz se ha encarecido a consecuencia del conflicto entre Ucrania y Rusia. Una subida que miles de familias han notado, es por ello que el Gobierno ha decidido incluir una nueva categoría en el Bono Social Eléctrico.
Bono social eléctrico: así se puede solicitar la nueva ayuda para la factura de la luz
Este Bono eléctrico es una ayuda para pagar la factura eléctrica, que ofrece un descuento entre el 25 y el 40%. Pero que ahora, de forma temporal, durante lo que queda de año y hasta junio de 2023 se ha incrementado el descuento. Igualmente, se ha incluido en el Real Decreto-ley 18/2022 una nueva categoría que podrán solicitar y beneficiar de este descuento en la factura de la luz.
El Bono de justicia energética
Así se ha llamado a esta nueva categoría de nuevos beneficiarios del bono social eléctrico, quienes también tendrán acceso al bono social térmico. El cual estaba reservado para consumidores vulnerables y extremadamente vulnerables. Esta ayuda se concede automáticamente a aquellos que reciben el bono eléctrico, por lo que los nuevos beneficiarios no tendrán que preocuparse por hacer ningún trámite adiciona
Requisitos para solicitar el Bono Eléctrico
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha calculado los límites de ingresos anuales a los que están sujetos los beneficiarios de este nuevo descuento.
De modo que los interesados que quieran beneficiar de este descuento en la factura de la luz, deberán tener una renta que se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) de 14 pagas. En 2022, el IPREM está fijado en 8.106,28 euros y en 2023 ascenderá a 8.400 euros.
Además, cuando la unidad familiar esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al IPREM se incrementará en 0,3 por cada miembro adiciona mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad. Tal y como se muestra en la siguiente tabla.

También se han aumentado los descuentos del bono social para los consumidores vulnerables, que pasas del 60% al 65%, mientras que para los consumidores vulnerables severos pasa del 70% al 80%. Y el volumen de energía anual sujeta al descuento se incrementa un 15%, hasta los 1.587 kWh en una unidad de convivencia de una o dos personas y hasta los 4.761 kWh en una unidad de cinco o más.
Además, se incrementarán en cada caso en 0,5 siempre que se cumpla lo siguiente:
- Cuando el consumidor o algunos de los miembros de la unidad familiar tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
- Acredite situación de violencia de género.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Otros requisitos del Bono Social Eléctrico
No solo hay que cumplir con el requisito de rentas para poder beneficiarse de este descuento en la factura de la luz, también hay que cumplir estos requisitos:
- El solicitante debe ser el titular de un contrato de suministro eléctrico en su vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10Kw.
- Tener contratada la tarifa de Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) con una empresa Comercializadora de Referencia. Puedes consultar la lista de empresas en el listado publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aquí.
Dónde hay que solicitar la ayuda para pagar la luz
La solicitud debe presentarse en la Oficina de la compañía eléctrica, siempre que esta se encuentre en el listado publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
También puedes presentarla por correo postal e incluso presentar la solicitud online desde la web oficial de la compañía eléctrica.
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- DNI o NIE de la persona que figura como titular del contrato de luz.
- Libro de familia.
- DNI de los miembros de la familia que sean mayores de 14 años.
- Certificado de empadronamiento en la vivienda de todos los miembros de la familia.
- Título de familia numerosa, en el caso de que así sea.
- Declaración de la Seguridad Social de que, en caso de ser pensionista, se percibe pensión mínima.
Certificado de la Seguridad Social si algún miembro de la familia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. - Certificado de los Servicios Sociales en caso de que existan víctimas del terrorismo o de violencia de género en la unidad familiar.

