El Consejo de Ministros ha aprobado una nueva medida para frenar el número de despidos que vienen acumulandose desde que se decretase el estado de alarma.
Trabajo considera que las rescisiones de contratos serán improcedentes.
Con esta medida, se supone que en un principio, estas restricciones de contratos serán improcedentes, y por tanto, más caras, (el empresario deberá pagar 33 días por año trabajado, frente a los 20 días por año trabajado en un despido procedente).
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha justificado la decisión señalando que el Gobierno “ha arbitrado un mecanismo amplio para que las empresas puedan acogerse a los ERTE”. ¿Qué es un ERTE?
El Gobierno pretende, que no se efectuen despidos permanentes, si no que las empresas se acojan a los Expedientes Reguladores de Empleo, para mantener a los trabajadores ligados a la empresa, ya sea enviandolos a casa con un «despido» temporal o una reducción de la jornada de trabajo.
Según ha adelantado el propio Gobierno, no se prohibirán todos los despidos, es decir, los disciplinarios si seguirán permitiendos, pero todos aquellos provocados por causas económicas o de fuertza mayor derivados por esta crisis sanitaria, no serán permitidas, «obligando» al empresario a tramitar un ERTE.
El Gobierno también pretente endurecer esta medida expresemente en los centros sanitarios.
No podrían producirse ni despidos ni tampoco ERTE en la sanidad pública ni privada mientras dure la emergencia sanitaria
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