Cuando la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz hablaba de aprobar la nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2027 antes de las elecciones no lo decía en broma. Durante el mes de octubre metió prisa a los expertos para presentar sus cálculos sobre cuanto debería subir el salario mínimo para adecuarse al coste de la vida. Estos cálculos tenían que estar presentados a finales de octubre o principios de noviembre.
Una vez recibido dicho informe y reunirse con los sindicatos y la patronal para presentarles la recomendación de su comisión de expertos, que proponía una subida del 4,9%, Trabajado ha decidido elevar la propuesta hasta el 5,3% cuatro décimas por encima de lo aconsejado.
Tal es la prisa por aprobar la nueva subida que ha llevado a audiencia pública el proyecto de real decreto con el que el Gobierno quiere subir el salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.286 euros brutos mensuales en 2027. El departamento de Díaz ha decidido seguir adelante con la tramitación y quiere dejar aprobada la subida antes de las elecciones generales del 29 de noviembre. De salir adelante, el nuevo salario mínimo entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y elevará la retribución mínima anual hasta los 18.004 euros brutos, 910 euros más que en 2026.
Yolanda Díaz acelera la subida del salario mínimo antes de las elecciones
El Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha la tramitación del real decreto con un calendario mucho más rápido que el de años anteriores. Habitualmente, la negociación del salario mínimo se prolonga hasta diciembre o incluso hasta los primeros meses del año siguiente como ha sucedido con las últimas subidas, pero esta vez el Gobierno pretende dejar fijada la cuantía antes de que se celebren las elecciones generales.
El plazo para presentar alegaciones terminará el 16 de noviembre y, una vez completado este trámite, el texto podría llegar al Consejo de Ministros del 17 o del 24 de noviembre. La intención de Trabajo es evitar que la subida quede pendiente de un Gobierno en funciones o de quienes recojan el testigo.
La decisión de avanzar sin acuerdo supone además un cambio en la forma en la que se habían cerrado las últimas revisiones del salario mínimo. Aunque la patronal ha quedado fuera de varios pactos durante la etapa de Yolanda Díaz, los sindicatos sí habían respaldado hasta ahora los incrementos aprobados por el Gobierno.
La ley permite seguir adelante sin ese respaldo, ya que el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores establece que el Ejecutivo debe consultar previamente a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, pero no necesita alcanzar un acuerdo para fijar el salario mínimo mediante real decreto.
Los sindicatos pedían superar los 1.300 euros y la patronal quiere esperar
CCOO y UGT consideran insuficiente la subida del 5,3% planteada por Trabajo y mantienen su exigencia de elevar el salario mínimo un 7%, lo que situaría la cantidad mensual por encima de los 1.300 euros. Ambas organizaciones ya habían reclamado un incremento mayor para compensar el encarecimiento de la vivienda y de los gastos cotidianos, una petición que también forma parte de las reivindicaciones de la huelga general convocada para el 11 de noviembre.
El secretario general de CCOO, Unai Sordo, reiteró el miércoles que su organización mantendrá la petición del 7% y dejó en manos del Gobierno la decisión de aceptar esa cifra o continuar con su propia propuesta. UGT comparte esa posición y recuerda que siguen pendientes varios compromisos adquiridos durante las anteriores negociaciones del salario mínimo.
Entre ellos se encuentra la reforma de las reglas de compensación y absorción salarial, que permiten que determinadas cantidades que ya cobra un trabajador se tengan en cuenta al aplicar una subida del SMI. Los sindicatos quieren modificar este sistema para que los incrementos lleguen realmente a las nóminas, una medida que el Ministerio de Trabajo no ha incluido en su Real Decreto.
También sigue pendiente el refuerzo del registro horario. La propia Yolanda Díaz reconoció recientemente que el adelanto electoral complica la aprobación del nuevo control de jornada y la reforma de los pluses salariales, dos compromisos que las organizaciones sindicales llevan meses reclamando.
Por su parte, CEOE y Cepyme consideran que la negociación debería celebrarse después de las elecciones del 29 de noviembre. Las organizaciones empresariales no han presentado una cifra alternativa y defienden que sea el próximo Gobierno quien decida cuánto debe subir el salario mínimo.
Así quedará el salario mínimo en 2027 con la subida del 5,3%
El proyecto de real decreto establece que el salario mínimo pasará de los actuales 1.221 euros a 1.286 euros brutos mensuales en 14 pagas. Para quienes tengan las pagas extraordinarias prorrateadas, la cantidad equivalente será de 1.500,33 euros mensuales en 12 pagas, mientras que el salario mínimo anual alcanzará los 18.004 euros.
El documento del Ministerio de Trabajo también fija las cantidades que deberán cobrar otros trabajadores. El salario mínimo diario será de 42,87 euros, mientras que los empleados con contratos temporales cuyos servicios a una misma empresa no superen los 120 días deberán cobrar al menos 60,88 euros por jornada legal, al incluirse la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, asi como las gratificaciones extraordinarias.
En el caso de las empleadas y empleados de hogar que trabajan por horas en régimen externo, el nuevo mínimo quedará fijado en 10,06 euros por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos correspondientes.
Estas cantidades aparecen recogidas en el proyecto de real decreto para 2027, que también establece que la subida se aplicará de forma proporcional a quienes tengan una jornada inferior a la completa.
Los complementos salariales pueden hacer que algunos trabajadores no cobren los 65 euros íntegros
Uno de los puntos que mantiene el proyecto es el sistema de compensación y absorción salarial. Su artículo 3 establece que la subida no modificará necesariamente los salarios de quienes ya cobren una retribución anual superior al nuevo mínimo, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la normativa.
Por ejemplo, un trabajador que cobre un salario base inferior a 1.286 euros, pero que alcance los 18.004 euros anuales mediante complementos salariales computables, podría no recibir los 65 euros adicionales por paga. La cantidad dependerá de cómo esté formada su nómina y de las condiciones establecidas en su convenio colectivo.
Esta es precisamente una de las razones por las que los sindicatos han condicionado su apoyo a la subida del salario mínimo a una reforma de los complementos salariales.

