La Inspección de Trabajo se pone seria con el periodo de prueba: detecta irregularidades en 342 empresas y multas de 578.000 euros

Trabajo ha intensificado los controles ante el uso irregular del periodo de prueba para poner fin a contratos indefinidos sin indemnización. Las bajas por este motivo se han triplicado desde 2019.

La Inspección de Trabajo ha intensificado la vigilancia sobre el uso del periodo de prueba después de detectar irregularidades en 342 empresas. Las actuaciones realizadas hasta ahora han terminado con multas que suman 578.000 euros y los incumplimientos aparecen en el 75% de las inspecciones incluidas en esta campaña.

El problema no está en que una empresa pueda poner fin a un contrato durante el periodo de prueba. La ley permite hacerlo si se cumplen los requisitos. Lo que está buscando la Inspección son casos en los que esta figura se utilice para contratar trabajadores durante unas pocas semanas y después prescindir de ellos sin pagar una indemnización.

Contratos indefinidos que duran solo unas semanas

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Una de las prácticas que está bajo vigilancia consiste en contratar a una persona de forma indefinida y comunicarle poco después que no ha superado el periodo de prueba. Si ese periodo es válido y todavía está en vigor, la empresa puede poner fin a la relación laboral sin tener que pagar una indemnización por esa extinción.

La Inspección trata de comprobar si detrás de algunos de estos casos existe realmente una prueba del trabajador o si el contrato indefinido se está utilizando en la práctica como si fuera temporal. También se revisan las situaciones en las que se comunica la no superación cuando el plazo ya había terminado o cuando el trabajador ya había realizado antes las mismas funciones en la empresa.

Un contrato temporal de apenas unas semanas, lo que de forma coloquial se conoce como un contrato cerilla, tiene un coste adicional para la empresa. En 2026, los contratos de duración inferior a 30 días tienen una cotización adicional de 33,62 euros que paga la empresa cuando finalizan.

A esto puede sumarse la indemnización por finalización del contrato temporal cuando corresponda, que equivale a 12 días de salario por año trabajado. La cantidad puede ser pequeña cuando el contrato dura pocas semanas, pero desaparece si la empresa hace un contrato indefinido y después lo extingue correctamente durante el periodo de prueba. Ahí está precisamente uno de los motivos por los que la Inspección vigila si esta figura se está utilizando para cubrir necesidades temporales evitando los costes asociados a un contrato temporal.

Las bajas durante el periodo de prueba se han triplicado

El aumento de estas extinciones ayuda a entender por qué Trabajo ha reforzado los controles. Según los datos recogidos en la documentación analizada, las bajas de trabajadores indefinidos por no superar el periodo de prueba pasaron de 16.300 en enero de 2019 a 52.400 en enero de 2026.

Son 36.100 bajas más en el mismo mes de referencia. En siete años, el número se ha multiplicado por más de tres. Este crecimiento ha hecho que la Inspección ponga especial atención en aquellas empresas con una rotación elevada de trabajadores durante las primeras semanas de contratación.

El periodo de prueba es legal, pero tiene unos límites

El artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores regula el periodo de prueba y establece que debe pactarse por escrito. Su duración depende primero de lo que marque el convenio colectivo y, cuando este no fija otro plazo, existen unos límites generales.

El máximo es de seis meses para técnicos titulados y dos meses para el resto de trabajadores. En las empresas de menos de 25 empleados, el límite puede llegar hasta los tres meses para quienes no sean técnicos titulados. En los contratos temporales de hasta seis meses, el periodo de prueba no puede superar un mes, salvo que el convenio establezca otra duración.

Durante ese tiempo, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones de su puesto que el resto de la plantilla. La diferencia aparece a la hora de terminar la relación laboral, ya que cualquiera de las partes puede hacerlo mientras el periodo de prueba siga vigente.

No pueden volver a ponerte a prueba para hacer el mismo trabajo

La ley también marca una limitación que cobra especial importancia con las actuaciones que está realizando la Inspección. No es válido establecer un nuevo periodo de prueba cuando el trabajador ya había desempeñado anteriormente las mismas funciones en esa empresa, aunque en aquella ocasión tuviera otro tipo de contrato.

Esto impide que una empresa vuelva a contratar a la misma persona para realizar el mismo trabajo y empiece de nuevo el contador de la prueba. Precisamente este tipo de situaciones forma parte de las irregularidades que se están vigilando.

No superar el periodo de prueba no significa quedarse sin cobrar

Cuando la empresa pone fin correctamente al contrato durante el periodo de prueba, no tiene que pagar una indemnización por esa extinción. Sin embargo, eso no significa que el trabajador se vaya sin recibir nada.

La empresa debe pagar el finiquito con las cantidades que sigan pendientes. Aquí pueden entrar el salario de los días trabajados, las vacaciones generadas y no disfrutadas y cualquier otra cantidad que todavía corresponda al trabajador. Normalmente, se confunde finiquito con indemnización, pero son dos conceptos diferentes.

Además, aunque en el lenguaje habitual se hable de despido, legalmente no funciona de la misma manera. Cuando una empresa comunica que no se ha superado un periodo de prueba válido, estamos ante una extinción del contrato durante el periodo de prueba.

Qué puede revisar un trabajador si la empresa le comunica que no supera la prueba

Recibir esa comunicación no significa que todo esté necesariamente bien hecho. Lo primero que conviene comprobar es qué periodo de prueba aparece en el contrato, cuánto permite el convenio colectivo y si ese plazo seguía vigente el día en el que la empresa comunicó la baja.

Es más, en el contrato debe aparecer el tiempo exacto y no es válido que ponga ‘lo que diga el convenio colectivo’. El Tribunal Supremo lo dejó claro en su sentencia de 2024.

También es importante revisar si el trabajador ya había estado antes en esa misma empresa haciendo el mismo trabajo. Si fue así, el pacto de prueba puede no ser válido. La Inspección está poniendo el foco precisamente en estos casos y en aquellos en los que el periodo de prueba se utiliza para encadenar contrataciones cortas y evitar otras formas de extinción con mayores obligaciones para la empresa.

La campaña deja así un dato que explica la dimensión del problema. Ya se han encontrado irregularidades en 342 empresas y las sanciones suman 578.000 euros, mientras Trabajo mantiene la vigilancia sobre unas bajas durante el periodo de prueba que han aumentado con fuerza en los últimos años.

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