El BOE publica el nuevo Estatuto laboral de los artistas con cambios en contratos, rodajes y menores, pero tardará 10 meses en aplicarse

El Gobierno renueva la normativa que regula las relaciones laborales de artistas y personal técnico y auxiliar. El nuevo Estatuto introduce cambios en la contratación, la jornada, la protección de los menores y otras condiciones de trabajo, aunque no entrará en vigor hasta diez meses después de su publicación en el BOE.

El nuevo Estatuto laboral de los artistas ya es oficial tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE que puede consultarse aquí) este sábado. El real decreto aprobado esta semana por el Gobierno renueva por completo la regulación de las personas que trabajan en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como del personal técnico y auxiliar que participa en estas producciones.

La publicación supone el último paso de una reforma muy esperada por el sector. La nueva norma deja atrás un reglamento que llevaba en vigor desde 1985 y adapta los derechos laborales a una realidad completamente distinta, marcada por las plataformas digitales, los rodajes para streaming y unas relaciones laborales mucho más cambiantes que hace cuarenta años. Eso sí, los cambios no serán inmediatos, ya que el texto establece que entrará en vigor dentro de diez meses.

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El objetivo de la reforma es ofrecer una mayor protección a quienes trabajan en un sector donde la temporalidad, la intermitencia y los contratos de corta duración forman parte del día a día. Para conseguirlo, el nuevo Estatuto modifica aspectos tan importantes como la contratación, el trabajo de menores, la organización de los rodajes o la jornada laboral.

Más control sobre los contratos temporales

Uno de los cambios más relevantes afecta a los contratos temporales. Seguirán existiendo, pero las empresas tendrán que justificar con mucho más detalle por qué recurren a este tipo de contratación y demostrar que responde realmente a una necesidad temporal.

Si esa causa no está correctamente justificada o se encadenan contratos de forma irregular, el trabajador podrá adquirir la condición de fijo. En realidad, es lo que ‘normalmente’ se exige en los contratos de duración determinada. Es más, cuando una empresa ni siquiera en el propio contrato indica para qué se hace este tipo de contrato, se presupone que está en fraude de ley y que en realidad es un indefinido.

Además, el Estatuto mantiene la indemnización de 12 días por año trabajado al finalizar un contrato temporal y la eleva hasta un mínimo de 20 días por año cuando la relación laboral supere los 18 meses.

Los menores tendrán las mismas reglas en toda España

La nueva regulación dedica por primera vez un capítulo específico al trabajo artístico de los menores de 16 años. Hasta ahora no existían unas normas comunes para todo el país y buena parte de estas situaciones dependían de la interpretación de cada administración.

A partir de la entrada en vigor del Estatuto, los menores solo podrán participar en actividades artísticas por cuenta ajena y con autorización de la autoridad laboral. También se fijan límites de jornada según la edad, se protege su derecho al descanso y a la educación y se prohíbe expresamente que participen en escenas de contenido sexual explícito o pornográfico. Los menores de siete años tampoco podrán intervenir en escenas violentas que puedan afectar a su desarrollo emocional.

Coordinadores de intimidad en determinadas escenas

Otra de las novedades afecta directamente a los rodajes y representaciones que incluyan desnudos, sexo simulado o escenas de violencia sexual.

En estos casos será obligatorio contar con una persona coordinadora de intimidad, una figura que deberá velar porque los actores conozcan previamente el contenido de la escena, se respeten los límites acordados y exista un consentimiento claro durante toda la grabación. Cuando participen menores de edad, las garantías serán todavía mayores.

La norma también obliga a adaptar los protocolos frente al acoso y la violencia sexual a la realidad del sector, donde muchos contratos apenas duran unos días o unas semanas, para evitar que esa temporalidad dificulte la protección de las víctimas.

Los ensayos también contarán como jornada laboral

Otra de las novedades tiene que ver con la jornada laboral. El nuevo Estatuto deja claro que el trabajo no empieza cuando se enciende la cámara ni cuando se levanta el telón. Los ensayos, la preproducción, la postproducción y las actividades promocionales también computarán como tiempo de trabajo cuando el profesional esté a disposición de la empresa.

Además, las nóminas deberán reflejar de forma mucho más clara cada concepto retributivo y diferenciar, cuando corresponda, las cantidades que se abonen por la cesión de determinados derechos de propiedad intelectual.

Diez meses para adaptarse

Aunque el Estatuto ya ha sido publicado en el BOE, empresas y trabajadores todavía tendrán un periodo de adaptación antes de que las nuevas reglas sean obligatorias.

El real decreto establece que la regulación entrará en vigor diez meses después de su publicación. Será entonces cuando quede definitivamente derogada la norma de 1985 y comience a aplicarse un marco laboral diseñado para responder a la realidad actual del mundo del espectáculo y la producción audiovisual.

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