El Congreso desbloquea la jubilación parcial del personal laboral del sector público y recupera un derecho que llevaba meses paralizado

La Cámara convalida el decreto que vuelve a permitir esta modalidad de retiro para los trabajadores laborales de las administraciones públicas, aunque los funcionarios continúan a la espera de una reforma específica.

La jubilación parcial vuelve a estar disponible para el personal laboral de las administraciones públicas. El Congreso de los Diputados ha convalidado este jueves el decreto que recupera una modalidad de retiro que había quedado prácticamente bloqueada tras la última reforma de las pensiones, poniendo fin a una situación que afectaba a miles de trabajadores que esperaban poder reducir su jornada antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

La norma ha salido adelante con 167 votos a favor, 144 abstenciones y 37 votos en contra. El rechazo correspondió a Vox y Podemos, aunque por motivos distintos. Mientras Vox mantuvo su oposición al decreto, Podemos votó en contra al considerar que el texto no resuelve la situación del personal interino de las administraciones públicas, una reclamación que la formación considera prioritaria.

Un cambio para corregir el bloqueo que provocó la reforma de las pensiones

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El origen del problema estaba en la reforma de la jubilación parcial aprobada en 2024. Aquella modificación endureció las condiciones del contrato de relevo, al exigir que el trabajador que sustituyera parcialmente al jubilado tuviera un contrato indefinido.

Mientras que en una empresa privada ese requisito puede cumplirse mediante una contratación directa, en la Administración la situación es muy diferente. El acceso a una plaza fija depende de procesos selectivos que requieren tiempo y planificación, por lo que muchas administraciones no podían incorporar al relevista cuando era necesario. Como consecuencia, la jubilación parcial quedó bloqueada en la práctica para buena parte del personal laboral.

El decreto aprobado ahora introduce una solución específica para el sector público. La prioridad seguirá siendo cubrir esos puestos con personal fijo, pero cuando no sea posible hacerlo de forma inmediata, las administraciones podrán recurrir temporalmente a un trabajador sustituto hasta completar el proceso de selección definitivo.

Quién podrá acceder a la jubilación parcial

La recuperación de este derecho no modifica los requisitos básicos para acceder a esta modalidad. Los trabajadores deberán anticipar la jubilación hasta tres años respecto a la edad ordinaria, acreditar 33 años de cotización, contar con una antigüedad mínima de seis años en la Administración y reducir su jornada entre el 25% y el 75%, dentro de los límites previstos por la norma.

Durante ese periodo seguirán desempeñando parte de su trabajo, percibiendo el salario correspondiente a la jornada realizada, mientras completan sus ingresos con la parte proporcional de la pensión de jubilación.

No obstante, la recuperación de la jubilación parcial no alcanza a todos los empleados públicos. El decreto beneficia únicamente al personal laboral, mientras que los funcionarios de carrera y el personal estatutario siguen sin poder acceder a esta modalidad porque su regulación continúa pendiente de una reforma de la Ley de Función Pública.

Con esta decisión, el Congreso desbloquea un problema que afectaba a miles de trabajadores laborales de las administraciones públicas, pero deja pendiente una solución para el resto de empleados públicos que también reclaman este derecho.

También aumenta el complemento de residencia en Baleares

El decreto incorpora además otra medida para los empleados públicos destinados en las Islas Baleares. El complemento de residencia aumentará un 100% en Mallorca y más de un 300% en el resto del archipiélago, con efectos retroactivos desde el 1 de julio.

Según los datos del Gobierno, esta mejora beneficiará a más de 11.000 empleados públicos y busca facilitar la cobertura de puestos en un territorio donde el elevado coste de la vivienda y de la vida dificulta cada vez más la incorporación y permanencia de trabajadores.

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