El abogado Víctor Arpa explica los 3 requisitos que exige la Seguridad Social para pedir una incapacidad permanente

Arpa advierte de que cumplir estas condiciones no garantiza la prestación, pero no reunirlas impide solicitarla.

Muchas personas creen que sufrir una enfermedad grave o tener problemas para seguir trabajando es suficiente para conseguir una incapacidad permanente. Sin embargo, antes de que la Seguridad Social estudie el caso, existe un primer filtro que deja fuera a miles de trabajadores.

El abogado laboralista Víctor Arpa ha explicado en uno de sus vídeos divulgativos que existen tres requisitos básicos que deben cumplirse para poder solicitar una incapacidad permanente. Según advierte, muchas personas desconocen estas condiciones y descubren demasiado tarde que ni siquiera pueden iniciar el procedimiento.

Estar de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada

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La primera condición es estar dado de alta en la Seguridad Social o encontrarse en una situación asimilada al alta. Es decir, no solo pueden solicitarla las personas que están trabajando en ese momento.

También pueden hacerlo quienes se encuentran cobrando la prestación por desempleo, ya que esta situación se considera, con carácter general, asimilada al alta.

No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación

El segundo requisito consiste en no haber cumplido la edad ordinaria de jubilación. La incapacidad permanente está pensada para proteger a quienes ven reducida o anulada su capacidad para trabajar antes de llegar a la jubilación.

Por este motivo, alcanzar la edad ordinaria para jubilarse supone una limitación importante a la hora de acceder a esta prestación.

Cuándo se exige un periodo mínimo de cotización

El tercer requisito depende del origen de la incapacidad. Si deriva de una enfermedad común, el trabajador deberá acreditar un periodo mínimo de cotización ante la Seguridad Social.

Pero si la incapacidad procede de un accidente, sea laboral o no laboral, o de una enfermedad profesional, por regla general no se exige cotización previa.

Cumplir los requisitos no garantiza la prestación

El propio Víctor Arpa recuerda que cumplir estos tres requisitos no significa que la incapacidad permanente vaya a ser reconocida. Después, la Seguridad Social debe valorar las dolencias, secuelas o enfermedades y cómo afectan realmente a la capacidad laboral de la persona solicitante.

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