La Seguridad Social cambia cómo notificará las resoluciones de las bajas médicas a partir de septiembre de 2026

La Seguridad Social obligará desde septiembre a quienes soliciten o cobren una baja médica a recibir las notificaciones por vía electrónica. La medida también afecta a la incapacidad permanente.

Las personas que soliciten o perciban una prestación por incapacidad temporal, la conocida baja médica, deberán recibir las notificaciones de la Seguridad Social por vía electrónica a partir de septiembre. El cambio ha sido aprobado mediante una orden publicada en este 1 de junio de 2026 Boletín Oficial del Estado (que puedes consultar en este enlace) y amplía la obligación de relacionarse digitalmente con la Administración en determinados procedimientos.

La medida también afectará a las comunicaciones relacionadas con prestaciones de incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes. Hasta ahora, estos colectivos no estaban incluidos entre los obligados a recibir las notificaciones electrónicas de la Seguridad Social.

Anuncios

El motivo de este cambio, según detalla el propio Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es reducir los tiempos de tramitación y evitar incidencias derivadas de los envíos postales. También facilitará que los ciudadanos conozcan antes las resoluciones que afectan a sus prestaciones y puedan ejercer sus derechos sin esperar a la recepción de una carta.

El Ministerio considera además que la utilización de medios electrónicos mejora la gestión administrativa y reduce costes asociados a las comunicaciones en papel.

Quiénes deberán recibir las notificaciones electrónicas

La nueva norma incorpora a las personas solicitantes o beneficiarias de prestaciones por incapacidad temporal al grupo de ciudadanos obligados a recibir las comunicaciones de la Seguridad Social por medios electrónicos.

Asimismo, la obligación se aplicará cuando las notificaciones o comunicaciones estén vinculadas a prestaciones de incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes.

Con esta modificación, la Seguridad Social amplía el número de procedimientos en los que la comunicación con los ciudadanos se realizará de forma digital a través de su sede electrónica.

Cómo funcionará el nuevo sistema

Las resoluciones, requerimientos y demás comunicaciones se pondrán a disposición de los interesados a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Cuando exista una nueva notificación, el organismo enviará un aviso al dispositivo electrónico que el ciudadano haya facilitado previamente.

La finalidad es que las personas afectadas puedan acceder de forma más rápida a las resoluciones relacionadas con sus prestaciones y conocer antes el estado de sus expedientes.

Qué ocurrirá con quienes tengan dificultades para utilizar medios digitales

La orden mantiene varias garantías para evitar problemas de acceso a las comunicaciones electrónicas. Las personas que necesiten ayuda podrán acudir a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde recibirán asistencia presencial para acceder a la sede electrónica.

Además, la Administración podrá seguir utilizando medios no electrónicos en determinados casos, como cuando no disponga de datos de contacto digital para avisar al ciudadano o cuando resulte necesario garantizar la eficacia de la actuación administrativa.

Cuándo entra en vigor la nueva obligación

La orden entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Esto supone que el nuevo sistema comenzará a aplicarse a partir de septiembre de 2026.

Desde ese momento, las personas que soliciten o cobren una prestación por incapacidad temporal deberán consultar las notificaciones de la Seguridad Social a través de los canales electrónicos habilitados por el organismo.

Relacionado
Últimas Noticias