El SEPE le quita el paro y le reclama 8.373 euros por ir a Marruecos al entierro de un familiar sin avisar y estar más de 5 meses fuera

La Justicia avala la sanción pese al motivo familiar: no comunicar la salida al extranjero implica perder la prestación

Cuando un desempleado cobra prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) adquiere una serie de obligaciones, la más básica es renovar la demanda de empleo, pero hay otras obligaciones para ciertas circunstancias, como los viajes fuera de España.

Un viaje por motivos familiares terminó saliéndole caro a un desempleado que estaba cobrando el paro, que ha terminado con la retirada de la prestación y la obligación de devolver 8.373,18 euros tras viajar a Marruecos sin avisar.

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El motivo del viaje era asistir al entierro de un familiar. Sin embargo, la falta de comunicación y el tiempo que pasó fuera de España (más de 5 meses) han sido clave para que la Justicia apoye la decisión del SEPE.

Más de cinco meses fuera cobrando el paro

El trabajador comenzó a cobrar la prestación contributiva en agosto de 2022, con derecho a 480 días. En marzo de 2023 salió de España hacia Marruecos. No regresó hasta agosto del mismo año. En total, más de cinco meses fuera del país.

Durante ese tiempo siguió percibiendo el paro, pero nunca comunicó su salida al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Cuando la administración detectó la situación,  procedió a comunicarla que su prestación quedaba extinguida, no suspendida, por lo que ya no iba a cobrar los que le quedaba de prestación. Pero además le reclamaba los 8.373,18 euros cobrados indebidamente desde la fecha en la que salió de España y cometió la infracción al no comunicarlo hasta cuando se dio cuenta el SEPE de su infracción.

La decisión se basó en que no informó de su salida al extranjero donde permaneció más de cinco meses.

Ni el entierro de un familiar evitó la sanción

El trabajador recurrió alegando que su viaje estaba justificado, ya que tuvo que desplazarse fuera del territorio español para el entierro de un familiar en Oulad Said, Comuna de Souk Tolba (Marruecos), aportando el certificado de defunción.

Sin embargo, este argumento no fue suficiente ni para el SEPE ni para el Juzgado de lo Social como para el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (sentencia STSJ CAT 2824/2026). El tribunal destaca que el fallecimiento se produjo semanas antes del viaje y que su estancia en Marruecos se prolongó más de cinco meses.

Por tanto, considera que la duración del viaje no guarda relación con el motivo alegado. Pero más allá del motivo personal, la sentencia pone el foco en que no cómico su salida al extranjero.

La normativa obliga a quienes cobran el paro a informar de cualquier viaje al extranjero. En muchos casos, además, es necesaria autorización previa. Si no se cumple esta obligación, la sanción puede ser la pérdida total de la prestación.

Desde la reforma legal de 2013, salir de España más de 15 días sin avisar puede implicar directamente la extinción del paro (Es importante aclarar que actualmente con la reforma de 2024, es a partir de 30 días).

De modo que no solo pierde su prestación también tiene que devolver los 8.373,18 euros.

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