El Supremo reafirma que la nómina no solo debe informar “qué se cobra”, sino también “por qué y cómo se cobra”

La sentencia aclara que las empresas deben detallar el cálculo del salario para que el trabajador pueda comprobarlo sin hacer cuentas

El Tribunal Supremo ha explicado como deber ser la nómina de un trabajador reafirmando lo ya previsto en el artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores pero endureciendo el nivel de exigencia sobre la claridad de la nómina.

La nómina o el recibo del salario indica cuanto cobra el trabajador, desglosando cada concepto que forma parte de su salario, así como las deducciones que se le aplican a su salario bruto.

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Sin embargo, el Supremo va más allá en su sentencia STS 1464/2026, establece que no basta con saber cuánto se cobra, sino que la empresa también debe explicar cómo se ha calculado ese salario y por qué se paga esa cantidad. No crea una norma nueva, pero si refuerza una obligación que ya recoge la ley laboral y es que la nómina debe ser clara y comprensible.

La clave del Supremo: claridad real, no solo formal

El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores ya exige que el recibo de salarios sea claro y esté bien desglosado. Sin embargo, el Supremo va un paso más allá en su interpretación.

El tribunal deja claro que no es suficiente con incluir conceptos y cantidades. La nómina debe permitir comprobar el cálculo del salario de forma directa.

Esto implica que el trabajador debe poder entender:

  • A qué periodo corresponde cada pago
  • Cuántos días se han abonado
  • Cómo se calculan los complementos variables
  • Si hay atrasos o incidencias y cómo afectan al sueldo

Sin estos datos, la nómina puede ser correcta en apariencia, pero no cumple su función real.

No es el trabajador quien debe hacer cuentas

Uno de los mensajes más importantes de la sentencia es que la empresa no puede trasladar al trabajador la tarea de comprobar su salario.

El Supremo rechaza que el empleado tenga que hacer operaciones o llevar sus propios registros para verificar si cobra bien. Según el fallo, esto va en contra del principio de transparencia que debe regir la relación laboral.

La nómina debe ser suficiente por sí misma, sin necesidad de cálculos adicionales.

El caso que ha llegado al Supremo

El caso resuelto por el Tribunal Supremo tiene su origen en un conflicto colectivo planteado en el Grupo Renfe, que afectaba a aproximadamente 13.000 trabajadores. El problema surgió porque, aunque la empresa entregaba las nóminas con los distintos conceptos salariales y sus importes, no explicaba con suficiente detalle cómo se habían calculado algunas cantidades, como los periodos de devengo, los días efectivamente abonados en determinados conceptos o la justificación de los importes variables y atrasos.

Por tanto, se debatía si la empresa cumplía con las exigencias de claridad y transparencia establecidas en el artículo 29.11 del Estatuto de los Trabajadores.

La Audiencia Nacional estimó la demanda y declaró la obligación de la empresa de desglosar dicha información en las nóminas. Frente a esta decisión, la empresa interpuso recurso de casación, que fue desestimado por el Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal confirma el criterio de la instancia y concluye que no basta con la mera identificación de los conceptos retributivos, sino que es necesario que la nómina incluya también los elementos que permitan conocer las bases de su cálculo. De este modo, se garantiza que el trabajador pueda verificar la corrección de las cantidades percibidas, reforzando la exigencia de transparencia en la documentación salarial.

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