Trabajaban para Apple haciendo el mismo trabajo, pero cobraban más o menos según el idioma: la Justicia lo declara discriminatorio

El TSJ de Cataluña confirma la condena a una empresa que pagaba salarios distintos por lengua y obliga a indemnizar a los trabajadores

Cobrar más o menos por el idioma con el que trabajas, aunque hagas exactamente lo mismo, es discriminatorio. Así lo ha dejado claro el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia que afecta a una empresa tecnológica que prestaba servicios para Apple.

El tribunal ha confirmado que varios trabajadores cobraban salarios distintos en función del idioma en el que realizaban su trabajo, pese a tener la misma categoría profesional, funciones y condiciones laborales.

Mismo trabajo, distinto sueldo según el idioma

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Los empleados trabajaban como analistas de datos lingüísticos en un proyecto vinculado a Apple. Su tarea consistía en revisar, clasificar y etiquetar contenidos para entrenar sistemas de inteligencia artificial.

Todos realizaban el mismo trabajo, en el mismo centro de Barcelona y con las mismas herramientas tecnológicas. Tenían la misma categoría profesional y estaban sometidos a los mismos objetivos de productividad.

La única diferencia real era el idioma en el que analizaban los contenidos y precisamente aquí es donde estaba la diferencia salarial entre ellos. La empresa establecía tres grupos salariales según la lengua en la que trabajaran.

De modo que había una gran diferencia salarial, algunos cobraban 30.000 euros anuales, otros 23.500 euros y los que trabajaban en idiomas como el español 18.500 euros.

Esto suponía diferencias de hasta 11.500 euros al año entre trabajadores que hacían exactamente las mismas funciones. Los trabajadores que vieron como haciendo el mismo trabajo se les estaba discriminando por su idioma, demandaron a la empresa.

La empresa no pudo justificar la diferencia

La clave del caso está en que la empresa no logró explicar por qué pagaba menos a unos empleados que a otros. Por eso tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en su sentencia 1423/2026 (STSJ CAT 2134/2026) dieron la razón a los trabajadores.

Durante el juicio, la empresa defendió que las diferencias podían deberse a factores como la dificultad para encontrar determinados perfiles lingüísticos. Sin embargo, el tribunal considera que ese argumento no es suficiente.

La ley permite diferencias salariales si están justificadas por motivos objetivos. Pero en este caso, el tribunal concluye que no existía ninguna razón válida, ni organizativa ni productiva.

Subraya que los trabajadores compartían, las mismas tareas, condiciones y exigencias. Por tanto, la diferencia salaria basada únicamente en el idioma no tiene justificación válida.

Por ello, considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación.

Tendrán que pagarles los salarios atrasados y además indemnizarlo

La sentencia obliga a la empresa abonar las diferencias salariales acumuladas y poner fin a esta práctica de forma inmediata. En algunos casos las cantidades pendientes superan los 40.000 euros.

Pero además, la empresa deberá pagar 7.501 euros de indemnización a cada trabajador afectado por vulnerar su derecho fundamental

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