Me he puesto enfermo en vacaciones: ¿pierdo esos días o puedo recuperarlos?

Llevas todo el año trabajando y por fin llegan tus esperadas vacaciones y tienes la mala suerte de caer enfermo o sufrir algún percance que te impida disfrutar tus vacaciones. Pues ¿sabías que en estos casos las vacaciones se suspenden? Es decir, es como si no estuvieras de vacaciones y esos días no se te descuentan y podrías utilizarlos para otra solicitud.

Pero ojo, para que esto ocurre, tienes que tener una baja por Incapacidad Temporal, es decir, que tienes que tener una baja médica real. En otras palabras que si te pones enfermo en cama y no vas al médico para que te curse la baja, no vale.

No, estar enfermo no es estar de vacaciones

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Las vacaciones tienen un objetivo claro para el trabajador y es la de descansar y sobre todo desconectar del trabajo. Si estás enfermo, no estás descansando, estás recuperándote. Por eso si estás de baja médica, esos días no cuentan como vacaciones.

Así lo señala el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores que regula las vacaciones anuales de los trabajadores y dice lo siguiente:

Artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores
Artículo 383 del Estatuto de los Trabajadores | Foto BOE

Para ser más exactos, no es que se ‘suspendan’ las vacaciones en sentido técnico, sino que no se consumen durante la IT.

Pero hay que tenerlo claro, para que esto suceda, tienes que tener una baja médica. No vale con llamar a la empresa y decir, mira que me he puesto enfermo y estoy de vacaciones para que no me cuenten.

La diferencia entre perder las vacaciones o no está en la baja médica

Precisamente esto es lo que mucha gente desconoce, no sabe que si enferman en vacaciones pueden recuperar esos días, pero para ello deben acudir al médico. Si te pones enfermo en vacaciones, pero decides quedarte en casa sin ir al médico, pensando “ya se me pasará”… estás perdiendo esos días.

En cambio, si vas al médico y te dan la baja, las vacaciones se paran, pasas a estar de baja y dejas de ‘gastar’ días de vacaciones y podrás recuperarlos más adelantes.

Es decir, no es estar enfermo lo que protege tus vacaciones, es la baja médica.

Durante esos días cobras la baja por Incapacidad Temporal

Ahora viene la parte importante y que no hay que dejar a un lado, cuando estás de baja médica cobras la prestación por Incapacidad Temporal. Si es por enfermedad común los tres primeros días no se cobran y a partir del cuarto día se cobra el 60% de la base reguladora y a partir del día 21 el 75%. En el caso de que fuera un accidente laboral, por ejemplo que te sucedía un día antes de irte de vacaciones, cobras el 75% desde el día siguiente.

Esto hay que tenerlo en cuenta, porque lo mismo, puede ser que no te compense solicitar la baja médica estando de vacaciones por un resfriado de una semana si al final vas a perder salario.

Otra cosa es que el convenio colectivo establezca un complemento por IT y te pague la diferencia entre tu salario y la prestación.

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