La subida del 2,5% llegará de oficio en la nómina de diciembre de 2025 junto a los atrasos, aunque algunos empleados públicos deberán presentar solicitud

El Boletín Oficial del Estado (BOE número 291 de 2025) ha publicado la resolución que activa el incremento salarial del 2,5% para el personal del sector público estatal. Con la publicación en el BOE la medida entra en vigor y se concreta cómo se aplicará la subida, cuándo se pagarán los atrasos y en qué casos será necesario presentar una solicitud para poder cobrarla.

La resolución confirma que el aumento tiene efectos desde el 1 de enero de 2025. Esto significa que en la nómina de diciembre se aplicará la subida directa y además se incluirá una regularización con los atrasos de todos los meses anteriores. El incremento se calcula sobre las retribuciones vigentes a finales de 2024, que ya incluían el 0,5% adicional aprobado el año pasado.

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Los empleados públicos podrán consultar las nuevas cuantías retributivas tras el incremento en el Portal de la Administración Presupuestaria.

La nómina de diciembre incluirá la subida y los atrasos

Desde Hacienda aclaran que el 2,5% se aplicará automáticamente en la nómina de diciembre del personal del sector público estatal. Esa misma nómina también incorporará los atrasos desde enero hasta noviembre, salvo que por motivos técnicos se tenga que abonar en la primera nómina disponible.

Los atrasos aparecerán identificados en un concepto específico que permitirá comprobar qué periodo se regulariza y cuánto corresponde a cada parte del salario.

Quién cobra la subida de forma automática

La inmensa mayoría de empleados públicos no tendrá que hacer ningún trámite. Si el trabajador no ha cambiado de destino ni de habilitación durante 2025, la regularización se aplicará de oficio en diciembre sin necesidad de solicitud.

Casos en los que sí hay que presentar una solicitud

La resolución establece varios supuestos en los que sí es obligatorio presentar una solicitud para recibir los atrasos. Afecta a quienes:

  • Han cambiado de destino dentro del sector público estatal a lo largo del año.
  • Han pasado a otra Administración, por ejemplo una comunidad autónoma o un ayuntamiento.
  • Ya no están en servicio activo porque se han jubilado, han pasado a excedencia, han perdido la condición de empleado público o, en caso de fallecimiento, a los herederos que puedan reclamar los atrasos.

En estos casos, los atrasos deben abonarlos los centros donde el trabajador prestó servicios durante el periodo afectado. Para ello hay que presentar la solicitud publicada en el anexo de la resolución, indicando datos personales, el periodo trabajado, el organismo competente y la cuenta bancaria para el ingreso.

Cómo se aplica el incremento al personal laboral

La resolución también detalla la aplicación del 2,5% al personal laboral. Quienes tienen convenios que ya contemplan las actualizaciones ligadas a los Presupuestos Generales del Estado o quienes no están acogidos a convenio cobrarán la regularización en los mismos plazos que el resto del personal.

El resto del personal laboral recibirá el pago en la nómina del mes siguiente a que se completen los trámites previstos en la Ley de Presupuestos.

Además, cuando una Administración aplica el incremento de manera homogénea en todos los conceptos incrementables, no necesita autorizaciones adicionales. Solo debe comunicarlo al Ministerio de Hacienda y Función Pública para su conocimiento.

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