El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de una clínica dental. ¿La razón? Falsificar un justificante médico para su marido que ni era cliente de la clínica suplantando la identidad del doctor. De esta forma, por querer ayudar a su marido (imaginamos que para ausentarse de su puesto de trabajo o cualquier otro deber) perdió su trabajo, incluso busco defenderse y anular su despido alegando que se debía a que estaba embarazada
Un justificante falso que le cuesta el trabajo
La empleada llevaba trabajando en la clínica como auxiliar desde abril de 2023 con un contrato indefinido a media jornada. Pero su trayectoria laboral dio un giro en diciembre, concretamente el día 11 y todo por intentar ayudar a su marido.
¿Qué hizo? Aprovechando el acceso al ordenador de la consulta, creó un documento en formato PDF en el que constaba que un supuesto paciente (su marido), que nunca había sido cliente de la clínica, había asistido a una cita el 7 de diciembre, día en el que el centro estaba cerrado por festivo.
El justificante incluía el nombre y la firma del doctor titular de la clínica, sin su conocimiento ni consentimiento. La auxiliar envió el documento desde el correo corporativo de la clínica a una dirección electrónica que resultó pertenecer a su marido. Posteriormente, eliminó el correo enviado para intentar borrar el rastro.
¿Cómo se dio cuenta la clínica de los hechos?
Aunque la trabajadora intentó borrar el rastro, se le olvidó un pequeño detalle y que fue el que inició un proceso de investigación que puso al descubierto todo. Cuando su empleadora encendió el ordenador vio en el escritorio un archivo llamado “Justificante” y que no había sido creado por ella. Lógicamente, abrió el archivo para ver que se trataba.
Al abrirlo descubrió que se trataba de un justificante a un paciente para el día 7 de diciembre, que aunque se indicaba que era lunes, en realidad era jueves. Además, ese día la clínica estaba cerrada por el puente de la Inmaculada. El justificante venía firmado por el doctor de la clínica. Tras revisar la cuenta de correo, también vio que en la papelera del correo, estaba el email enviado que fue borrado para no dejar rastro.
Ante estas irregularidades, la empleadora preguntó directamente a la trabajadora, quien negó inicialmente haber creado el documento. Luego, se consultó al resto del personal, que también lo desconocía. Finalmente, se encargó una pericial informática, que confirmó el origen y el envío del documento desde el ordenador y correo de la clínica.
Es más, supo que era su marido, porque entró en su perfil de Facebook e introdujo su correo en el buscador (muchos perfiles tienen puestos que puedan ser descubiertos a través del email) y dio con la persona que figuraba en el justificante quien tenía en su perfil que estaba casado con la empleada.
Con estas pruebas, volvió a ser citada para una reunión el 2 de enero y esta vez sí reconoció los hechos y se le notificó el inicio del expediente disciplinario. Tres días después, fue despedida disciplinariamente por una falta muy grave por abuso de confianza y la falsificación de documentos.
La trabajadora alegaba discriminación por embarazo
A pesar de las pruebas en su contra y de reconocer los hechos, la trabajadora decidió demandar a la empresa solicitando la nulidad del mismo al alegar que estaba siendo discriminada por estar embarazada y por tener un hijo menor a su cargo. Además de la nulidad, también solicitaba una indemnización de 6.125 euros por daño moral.
Para justificar esta discriminación, aportó arios mensajes de WhatsApp entre ella y la empleadora donde mencionaba su estado de salud, citas médicas y complicaciones relacionadas con el embarazo.
La Justicia confirma su despido
Tanto el Juzgado de lo Social número 42 de Madrid como luego el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazaron esa supuesta discriminación por embarazo. Aunque reconocen que estaba embarazada y que esto era conocido por la empresa, el despido se consideró ajeno a esta situación.
Tal y como se señala en la sentencia 623/2025, el despido está plenamente justificado por la conducta fraudulenta de la trabajadora, quien elaboró un documento falso y lo envió en horario laboral desde el equipo informático de la clínica. Por tanto, sus actos supusieron una «transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza», lo que quebró irreversiblemente la relación laboral.

