La justicia confirma el despido disciplinario de un trabajador tras 14 años en la empresa por tocar con su grupo de música en conciertos cuando estaba de baja por una lesión en la rodilla

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador de baja médica. Seguramente te estés preguntando: ¿Pero no decían que los despidos estando de baja son nulos? Lo cierto es que no y este caso es un ejemplo de que aunque un trabajador este de baja puede ser despedido (siempre que el motivo del despido no sea la propia baja).

La razón por la que la justicia ha confirmado el despido de este trabajador que llevaba 14 años en la empresa ha sido por realizar actividades eran incompatibles con su estado.

Estaba de baja por una lesión de rodilla

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El trabajador trabajaba como eléctrico en una empresa de Asturias. En diciembre de 2022, sufrió un accidente de tráfico al salir del trabajo que le provocó una lesión importante en la rodilla:una rotura completa del ligamento cruzado posterior. De modo que inició un proceso de incapacidad temporal (IT), durante ese tiempo, según los partes médicos, se sometió a tratamiento fisioterapéutico y su recuperación fue evolucionando de forma favorable.

Sin embargo, la empresa recibió una denuncia que informaba que el trabajador, mientras seguía oficialmente de baja médica, estaba participando de forma activa en actuaciones musicales con su grupo. Fue entonces cuando la compañía decidió contratar detectives privados para confirmar los hechos.

Los informes de los detectives confirmaron las sospechas, el trabajador había estado dando conciertos en varias localidades, tocando instrumentos como la pandereta y el clarinete, cantando e incluso bailando. En los vídeos y fotografías, se le veía agachándose, subiéndose a escenarios, haciendo movimientos con las piernas e incluso bailando jotas asturianas. Todo ello, sin aparentes molestias físicas.

Con estas pruebas, el 10 de octubre de 2023, la empresa le envió por burofax su carta de despido. En ella la empresa argumentaba que esas actividades eran incompatibles con su situación de baja médica y que, por tanto, estaba incurriendo en una falta muy grave: transgredir la buena fe contractual.

Para la empresa solo había dos explicaciones, o bien estaba simulando su enfermedad o estaba realizando actividades que perjudicaban su recuperación, lo que justificaba su despido disciplinario.

La justicia avala el despido

El trabajador al no estar de acuerdo con su despido, demandó a la empresa solicitando que el despido fuera nulo, alegando que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales, entre ellos a no ser discriminado por razón de enfermedad, por lo que además solicitó una indemnización de 40.000 euros por daños morales.

Para el trabajador las actividades que realizaba no eran incompatibles con su baja y el esfuerzo que realizaba no se asemejaba al mismo que haría trabajando, por lo que alegaba que el motivo para su despido era su situación de baja médica.

Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 2 de Avilés, como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, desestimaron su demanda y confirmaron su despido disciplinario sin derecho a indemnización.

El Tribunal Superior de Justicia, en su sentencia 435/2025, subrayó que las actividades que estuvo realizando durante su baja evidenciaban que podía haber retomado su puesto de trabajo o que, al menos, actuó de manera imprudente, poniendo en riesgo su recuperación.

Por tanto, descarta que el despido fuera discriminatorio por estar de baja, si no que su despido fue por lo que hacía durante esa baja que ponía en peligro su recuperación, actividades que fueron probadas por las grabaciones, fotos y testimonios que mostraban que mientras decía que no podía trabajar una lesión, no le impedían participar en conciertos con movimientos que implicaban esfuerzo físico como bailar.

Otro caso de despido estando de baja y tocando en un concierto pero con diferente resultado

En 2024, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco también analizo otro caso de despido estando de baja y tocando en un concierto. Sin embargo, en esa ocasión el despido fue declarado improcedente, condenado a la empresa a pagar 95.430 euros al trabajador.

En el caso analizado, el trabajador tenía una lesión de hombre y fue pillado por la empresa tocando la guitarra, pero la justicia determinó que tocar la guitara no fue una actividad que implique un esfuerzo físico para su hombro.

Posiblemente, en el caso de este eléctrico de Asturias, si hubiera estado sentado tocando los instrumentos y no bailando, su despido no hubiera sido declarado procedente.

 

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