Una trabajadora de Correos fue despedida tras detectar la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. numerosas irregularidades vinculadas a la venta de productos de la ONCE y a la gestión financiera de la oficina.
La trabajadora despedida llevaba casi 26 años trabajando en Correos, escalando profesionalmente hasta convertirse en la directora de la oficina. Sin embargo, su carrera dentro de la compañía postal ha llegado a su fin, tal y como ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias al declarar su despido como procedente sin derecho a indemnización.
Fraude con los rascas de la ONCE
La alerta se encendió cuando Correos observó comportamientos anómalos desde el sistema IRIS, que gestiona las operaciones de venta y cobro en Correos. La empleada, utilizando su usuario corporativo, había consultado hasta 391 boletos de los llamados “Rascas” antes de registrarlos como vendidos. De ellos, 95 estaban premiados y fueron pagados incluso antes de que su venta constase en el sistema oficial Hermes de la ONCE. También se detectó un faltante de 13 boletos.
Estas operaciones, que vulneraban el procedimiento establecido, se producían mayoritariamente fuera del horario de atención al público. El argumento de la trabajadora era que las vendía con prisa, hacía una fotocopia y luego las registraba cuando tenía tiempo. Pero nunca presentó pruebas de esas fotocopias.
La auditoría también detectó un descuadre de 241,30 euros en caja, productos vendidos sin pasar por el sistema, y ausencia total de regularizaciones durante todo el año 2023, tanto de productos ONCE como del resto del almacén.
Ante la gravedad de lo descubierto, Correos abrió un expediente disciplinario el 22 de diciembre de 2023 y suspendió provisionalmente a la trabajadora de empleo y sueldo. La notificación se produjo el 27 de diciembre.
Destrozos tras recibir la notificación
Tras recibir la notificación del expediente disciplinario, la trabajadora sufrió una crisis de ansiedad (por el que comenzó una incapacidad temporal) y comenzó a destrozar los equipos informáticos y el mobiliario. Por lo que tuvo que ser atendida por una ambulancia e incluso tuvo que acudir la Guardia Civil.
Ese incidente agravó la situación. La empresa amplió el expediente disciplinario para incluir los daños materiales, que ascendieron a 551,20 euros. Finalmente, la empresa decidió despedirla el 31 de mayo de 2024, acusándola de fraude reiterado y por causar daños voluntarios al material de trabajo.
Demandó a Correos solicitando la nulidad del despido
El caso llegó a los tribunales donde la trabajadora negó que hubiera actuado de forma fraudulenta y que los hechos ocurridos en el día que le notificaron su expediente disciplinado se deberían a un estado de ansiedad y presiones laborales que calificó como acoso.
Por ello, solicitó que su despido fuera declarado nulo, alegando que se había vulnerado su garantía de indemnidad, por ello también pedía una indemnización por daños y perjuicios de 7.501 euros. Subsidiariamente, en caso de no declararse el despido nulo, solicitaba que fuera declarado improcedente.
También reclamó que se le abonase 15.827,71 euros en concepto de salarios correspondientes al período en el que estuvo suspendida provisionalmente de empleo y sueldo.
La Justicia confirma su despido disciplinario
Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Oviedo como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en su sentencia 1370/2025 rechazaron sus alegaciones y confirmaron la procedencia del despido.
El tribunal concluyó lo siguiente:
- Cometió una falta muy grave y continuada de fraude, deslealtad y abuso de confianza, al manipular el sistema de venta de los boletos «Rascas» de la ONCE, para consultar si estaban premiados antes de venderlos, y registrar esas operaciones fuera del sistema oficial.
- Incumplió los procedimientos internos de control contable, gestión de caja y regularización de productos.
- No realizó las auditorías obligatorias de almacén y de productos ONCE durante todo un año.
El tribunal consideró probado que estas acciones fueron intencionadas y reiteradas en el tiempo por lo que causaron una pérdida de confianza irreparable, lo que justifica el despido disciplinario conforme el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
También consideró como falta muy grave el hecho de que causara desperfectos voluntarios tras la notificación del expediente disciplinario.
El Tribunal Superior de Justicia rechazó que su despido fuese nulo por vulneración de derechos fundamentales al no presentar pruebas suficientes que acreditaran una represalia o discriminación por parte de la empresa.
Únicamente se le reconoció el derecho a cobrar 81,82 euros correspondientes al salario del día en que se le notificó la suspensión.

