El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo público con una gran importancia de cara a los trabajadores, ya que paga salarios e indemnizaciones laborales cuando el empleador no puede hacerlo por estar en concurso de acreedores o haber sido declarado insolvente judicialmente.
¿Cuánto paga el FOGASA por indemnización?
Lamentablemente, el FOGASA no paga la totalidad de la indemnización que corresponde. Además, solo pagas las indemnizaciones, indemnización reconocidas en el acto de conciliación judicial o mediante sentencia firme.
Pero, por ejemplo, no cubre las indemnizaciones pactadas en el acto de conciliación laboral celebrado en el SMAC o CMAC. Tampoco las que se acuerden mediante un acuerdo transaccional.
Límites establecidos para 2025
El Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, establece el salario mínimo interprofesional (SMI) en 1.184 euros mensuales. A partir de este SMI, se determina los límites de las prestaciones indemnizatorias y salariales del FOGASA.
El límite máximo en caso de indemnización será de una anualidad de salario y sin que se tenga en cuenta el salario base para la indemnización exceda del doble del salario mínimo interprofesional con inclusión de las pagas extraordinarias.
Teniendo en cuenta que el salario diario para 2025, incluyendo la prorrata de las dos pagas extraordinarias, es 45,40 euros, el límite quedaría en 92,80 euros.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que a los límites indicados anteriormente, el FOGASA no abona el mismo número de días en todos los despidos, sino que depende de la causa que lo justifique:
- Despido improcedente/nulo o por extinción por voluntad del trabajador (no por baja voluntaria): 30 días por año. En caso de concurso de acreedores, no paga más de 20 días, aunque el despido sea improcedente.
- Despidos objetivos y colectivos: 20 días por año.
- Extinción de contratos temporales: 12 días por año trabajado.
Sí, hacemos un cálculo, lo máximo que puede llegar a pagar el FOGASA por un despido improcedente será de 33.142 euros.
Ejemplo de indemnización pagada por el FOGASA
Un trabajador despedido por causas objetivas con 15 años de antigüedad, con una indemnización reconocida judicialmente de 100 € al día, debería cobrar 30.000 € de indemnización, ya que su indemnización correspondería a 20 días de salario por cada año trabajado (15 años).
Sin embargo, como hemos indicado anteriormente, el tope diario es de 90,80 euros, por lo aunque su salario diario sea de 100 euros, el FOGASA tiene de límite 90,80 euros. De modo que su indemnización se vería reducida a 27.240 euros.
¿Y si mi contrato es a tiempo parcial?
En los contratos a tiempo parcial todos los límites se reducen proporcionalmente a la jornada del trabajador. Pero no el número de días, sino el límite diario que paga el FOGASA.
Por ejemplo, si el límite para un trabajador a jornada completa en 2025 es de 90,80 euros, un trabajador que está al 75% de la jornada, su límite será de 68,10 euros diarios.
¿Qué año de SMI se utiliza para calcular los límites?
Como el que ‘corta el bacalao’ en el caso de las indemnizaciones pagadas por el FOGASA es el SMI, hay que tener en cuenta que a efectos de calcular los límites es el vigente al declararse la responsabilidad del FOGASA, esto es, en el momento en el que el administrador concursal emite el correspondiente certificado o en caso de insolvencia empresarial en el momento que se decrete su insolvencia por el juzgado.

