viernes 31 enero 2025
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Los trámites que deben realizar los autónomos antes del 31 de enero y evitar una multa de Hacienda

Estos son los trámites que los autónomos y pymes tienen que presentar antes de que finalice el mes de enero y evitar sanciones y recargos por parte de Hacienda

Ser autónomo no es una tarea sencilla, ya que además de la preocupación de conseguir clientes y generar los ingresos suficientes para subsistir y pagar sus cuotas a la Seguridad Social, también tienen que estar pendientes de numerosos trámites con la administración, en especial con Hacienda.

En este sentido, la Agencia Tributaria ha publicado el calendario fiscal para el año 2025, como las fechas para presentar la declaración de la renta este año. Pero en el caso de los autónomos y las pymes, este mes de enero, es un mes importante en lo que respecta a la presentación de documentos e impuestos, ya que muchos deben ser entregados antes del 31 de enero.

Documentos e impuestos a presentar en enero de 2025

Plazos hasta el 20 de enero

  1. Modelo 039: Comunicación de incorporaciones en diciembre al régimen especial del grupo de entidades de IVA.
  2. Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
  3. Modelo 115: Declaración de retenciones del IRPF por alquileres urbanos.
  4. Modelo 123: Declaración trimestral de retenciones por rendimientos de capital humano.

Plazos hasta el 30 de enero

  1. Modelo 130: Último pago fraccionado de la Renta de 2024 en estimación directa.
  2. Modelo 131: Último pago fraccionado de la Renta de 2024 en estimación objetiva.
  3. Modelo 303: Autoliquidación trimestral de IVA.
  4. Modelo 309: Liquidación trimestral de IVA para quienes no presentan los modelos 303 o 390.
  5. Modelo 349: Declaración de operaciones intracomunitarias.
  6. Modelo 390: Resumen anual de IVA correspondiente a 2024.

Plazos hasta el 31 de enero

  1. Modelo 036/037: Renuncia o revocación de estimación objetiva para 2025.
  2. Modelo 180: Resumen anual de retenciones por alquileres (Modelo 115).
  3. Modelo 182: Declaración informativa de donativos y aportaciones recibidas.
  4. Modelo 184: Declaración de entidades en régimen de atribución de rentas.
  5. Modelo 190: Resumen anual de retenciones e ingresos del IRPF.
  6. Modelo 233: Declaración de gastos en guardería.
  7. Modelo 270: Declaración de premios de lotería.
  8. Modelo 345: Informe anual de planes y fondos de pensiones, seguros de dependencia, entre otros.
  9. Modelo 369: Declaración de IVA para servicios digitales y ecommerce en la UE.

Consecuencias de retrasos en la presentación de impuestos

Los retrasos en la entrega de los modelos tributarios pueden resultar en recargos que varían según el tiempo transcurrido desde la fecha límite:

  • Recargos: entre el 5% y el 20% por presentación tardía.
  • Multas: si la Agencia Tributaria reclama la deuda, estas pueden alcanzar entre el 50% y el 150% de la cuota tributaria en casos graves.

Por este motivo, cumplir con las fechas estipuladas no solo evita penalizaciones económicas, sino que también protege a los contribuyentes de posibles sanciones adicionales.

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