sábado 1 febrero 2025
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Correos condenada a readmitir y pagar 60.000 € de indemnización a una trabajadora por negarle la reincorporación tras dejar de estar en incapacidad permanente

Correos rechazó su incorporación una vez que el INSS revisó la incapacidad permanente de la trabajadora y la revocó por un error de diagnóstico.

La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos (Correos) ha sido condenada no solo a readmitir a la trabajadora y abonarle los salarios de tramitación, también deberá indemnizarla con 60.000 euros. ¿La razón? Negarle su reincorporación tras ser revocada la situación de incapacidad permanente total.

Todo comenzó cuando esta trabajadora de Correos fue despedida tras ser declarada inicialmente en situación de incapacidad permanente en diciembre de 2022. Es importante mencionar que el Estatuto de los Trabajadores permite extinguir el contrato de trabajo de un trabajador de forma automática por esta causa.

Sin embargo, justo un año después, esta situación de incapacidad fue revisada y revocada en marzo de 2023 por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INNSS), que reconoció un error en el diagnóstico.

La trabajadora solicitó su reincorporación inmediata a la empresa, pero Correos, en una carta enviada a la trabajadora con fecha de 21 de abril de 2023, negó el reingreso, remitiéndola a un concurso de traslados establecido en el convenio colectivo.

La trabajadora decidió presentar entonces demanda contra Correos por despido efectuado el día 21 de abril de 2023, solicitando además una indemnización de 80.000 euros  por daños morales.

Despido nulo

La sentencia 5997/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña analiza el incumplimiento por parte de Correos del artículo 5 de la Directiva 2000/78/CE, que obliga a los empleadores a prever ajustes razonables para evitar discriminación contra trabajadores con discapacidades. Aunque el convenio colectivo de Correos permite reasignaciones laborales en caso de disminución de capacidad, la empresa no activó este mecanismo antes de la extinción del contrato ni tras la recuperación de la trabajadora.

Además, el tribunal destacó que, de acuerdo con el Real Decreto 1451/1983, los trabajadores que recuperan su capacidad laboral tras una incapacidad tienen preferencia absoluta para su readmisión en la primera vacante de su categoría. En este caso, la negativa al reingreso constituyó un despido nulo por discriminación basada en la condición de salud de la trabajadora.

De modo que Correos no cumplió con la obligación de implementar medidas de ajuste razonable antes de extinguir el contrato. Asimismo, consideró que el artículo 43.3 del convenio no justificaba la negativa a reincorporar directamente a la trabajadora, ya que el mecanismo del concurso debía operar antes de la extinción y no como único medio para la reincorporación tras la revisión de la incapacidad.

Por ello, el tribunal declaró nulo el despido efectuado el 21 de abril de 2023 y ordenó a Correos la readmisión inmediata de la trabajadora. Además, la empresa deberá abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la reincorporación, calculados en 60,55 euros brutos diarios. Por último, se condenó a Correos a pagar 60.000 euros por daños morales, considerando la gravedad de la vulneración de derechos fundamentales.

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