¿Te pueden prohibir ir al baño en el trabajo? ¿Cuántas veces puedo ir?

Ir al baño es una necesidad básica de cualquier persona. Sin embargo, muchas personas se preguntan si su empresa puede prohibirles o limitarles el acceso al baño durante la jornada laboral. Esta duda es más común de lo que parece, y la respuesta está clara: no te pueden prohibir ir al baño.

¿Te pueden prohibir ir al baño en el trabajo?

No. La empresa no puede prohibirte el acceso al baño mientras trabajas. Negarte este derecho sería una vulneración de tu dignidad y de tu salud, y va contra la ley.

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El acceso a servicios higiénicos forma parte del derecho a unas condiciones de trabajo seguras y saludables, protegido por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Además, el Real Decreto 486/1997 obliga a las empresas a que todos los trabajadores tengan baños adecuados, accesibles y en buenas condiciones.

¿Puede haber algún límite?

Si te estás preguntando si hay algún tiempo para ir al baño en el trabajo,  como por ejemplo decirte que solo puedes ir 10 minutos, o que el uso del baño es de tal hora a tal hora, la respuesta es un claro no.

En otras palabras, un trabajador puede acudir al baño o al servicio todas las veces que lo necesite durante su jornada laboral.

Pero claro, hay que evitar la ‘picaresca‘ de ir al baño y así me quito del medio un ratito. Es en estos casos, cuando la empresa puede poner condiciones, como por ejemplo, organizar el uso del baño si el tipo de trabajo lo requiero, por ejemplo una cadena de producción o en atención al público, pero:

  • Nunca puede negártelo completamente.
  • No puede hacerte esperar un tiempo excesivo.

Debe respetar tus necesidades fisiológicas y personales (incluyendo motivos médicos, menstruales, etc.).

Por tanto, la ley no establece un número máximo de veces que puedas ir al baño (faltaría más), por lo que si necesitas ir, tendrás que ir.  Cada persona tiene unas necesidades distintas, y eso debe respetarse. Ir al baño varias veces al día es normal y no se puede limitar con normas rígidas (como permitir solo una vez cada X horas).

Ahora bien, como hemos mencionado, para ir al baño necesitas comunicarlo y que te den el permiso para ir, si en ese momento no es posible, vete al baño, ya darás la explicación luego, pero nunca hagas lo que hizo una cajera de Carrefour, que orinó dentro de una papelera y le costó su trabajo y todo porque no podía aguantar más y su coordinadora no le daba permiso.

¿Ese tiempo se descuenta de la jornada de trabajo?

No te pueden prohibir ir al baño, pero ahora la gran pregunta es si la empresa puede contabilizar ese tiempo para descontarlo de la jornada y eso sería obligando al trabajador a fichar para ir al baño.

En este sentido, el Tribunal Supremo ya ha establecido que las pausa para ir al baño no pueden contabilizarse como tiempo de descanso, y que las empresas no pueden exigir a los trabajadores que recuperen ese tiempo ni tampoco descontarlo del salario del trabajo. De modo que el tiempo que necesites para hacer tus necesidades, es tiempo de trabajo efectivo, tanto si realizar tu trabajo presencialmente como teletrabajando en casa.

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