Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales como Un Tío Legal, ha explicado en un video reciente qué consecuencias puede tener para una empresa o autónomo no entregar el recibo de la nómina a sus empleados.
Tal y como explica el abogado, toda empresa está obligada a facilitar una copia de la nómina mensual a sus trabajadores, tal y como específica el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.

Esta entrega no tiene por qué hacerse en formato papel, ya que es perfectamente válido hacerlo por correo electrónico o mediante una plataforma digital destinada a la gestión del empleado y en la que el trabajador tenga acceso a poder descargarse su nómina.
Lo importante es que el trabajador reciba de manera clara y accesible la documentación correspondiente a su salario, lo cual es un derecho reconocido legalmente.
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Multas de hasta 750 euros por no entregar la nómina
Ignacio de la Calzada advierte que no entregar la nómina a los trabajadores se considera una infracción leve en material laboral.

En caso de denuncia o inspección, la empresa puede enfrentarse a una multa de hasta 750 euros. Concretamente, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece las siguientes sanciones por una infracción leve:
- En su grado mínimo de 70 a 150 euros.
- En su grado medio de 151 a 370 euros.
- En su grado máximo de 371 a 750 euros.
Aunque pueda parecer una cantidad asumible, es importante recordar que esta sanción puede aplicarse por cada trabajador afectado, lo que podría multiplicar considerablemente el importe total si la práctica es generalizada en la empresa.
La Inspección de Trabajo puede actuar
El abogado subraya que si la empresa no entrega las nóminas y hay una denuncia o revisión, la Inspección de Trabajo puede imponer directamente la sanción. No es necesario que el trabajador inicie una demanda judicial, basta con que se demuestre que no se ha entregado la nómina de forma adecuada.

